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Fierro Urco: acción de protección podría frenar proyecto minero
Por: Mishell Mantuano @MishellMantuan2
Publicado el 22 de noviembre de 2022
La audiencia de acción de protección para proteger Fierro Urco, una cordillera que se ubica entre las provincias de Loja y El Oro, en la parroquia Gualel, se desarrolló el 22 de noviembre de 2022, en la Corte Provincial de Justicia de Loja. La acción de protección fue ingresada en enero de 2022 por accionantes y defensores del agua que buscan proteger los páramos, el agua y las comunidades de Fierro Urco que están siendo amenazadas por las actividades extractivas.
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Fierro Urco, también conocido como la estrella hídrica del sur del Ecuador, es una cordillera que se ubica entre las provincias de Loja y El Oro. Según una investigación realizada por los medios digitales Mongabay Latam y la Barra Espaciadora “más de 27. 000 hectáreas de este territorio han sido concesionadas a compañías australianas y canadienses que buscan extraer oro, plata y cobre”.
Este lugar provee agua a cuatro provincias del país: El Oro, Loja, Azuay y Zamora Chinchipe y está siendo amenazado por las mineras para extraer minerales. De su parte, el pueblo kichwa Saraguro considera a Fierro Urco como un lugar sagrado, por lo que se han mantenido vigilantes para evitar la entrada de las mineras.
El pasado 31 de mayo de 2022, el Frente Nacional Antiminero informó sobre la presencia irregular de las fuerzas policiales en la entrada de Fierro Urco. Las mujeres del cantón Saraguro se tomaron la entrada de Loma de Oro, que lleva hasta Fierro Urco el 01 de junio. Al día siguiente, se realizó una rueda de prensa y Luisa Lozano, presidenta del Consejo de Ayllus y de la Comunidad de las Lagunas, expresó que Fierro Urco “es muy importante, es nuestro territorio, por lo tanto tenemos que defenderlo. Si tenemos que morir moriremos pero no permitiremos que las empresas mineras se sigan entrometiendo en nuestros territorios”.
De igual forma, en defensa de Fierro Urco, comuneros de la parroquia de Gualel del cantón Saraguro, presentaron una acción de protección en enero de 2022, en contra del Ministerio del Ambiente por permitir el desarrollo de actividades mineras en la Cordillera. La acción fue solicitada porque según la comunidad, se irrespetó el derecho a la consulta ambiental violentando el derecho a la seguridad jurídica y otros, establecidos en artículo 82 de la Constitución. La audiencia estaba prevista desarrollarse en marzo; sin embargo, fue suspendida.
Pasaron once meses para que la audiencia de acción de protección colocada por accionantes y defensores del agua de Fierro Urco, finalmente se desarrolle el 22 de noviembre de 2022, en la Corte Provincial de Loja. El colectivo defensores del agua y la vida Loja, a través de la red social Facebook, dijo que el gobierno nacional “tiene previsto abrir nuevamente el catastro minero, para seguir otorgando nuevas concesiones mineras que probablemente duplicaría las áreas ya concesionadas a minería metálica de mediana y gran escala”. En consecuencia, hicieron un llamado a la movilización y a exigir que se dé paso a la acción de protección.
Delegados del Pueblo A´i Cofan de Sinangoe llegaron hasta Loja para presentar un amicus curiae, en apoyo a las comunidades de Fierro Urco, según informó la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, durante el desarrollo de la audiencia.
¿Irregularidades en el proceso?
Pablo Piedra, abogado de los accionantes en la acción de protección para defender Fierro Urco, dijo que los jueces de la Corte Provincial de Justicia de Loja regularmente otorgaron un tiempo de 15 a 20 minutos para exponer los argumentos de manera oral a todos y cada una de las instituciones que se presentan. Durante la audiencia, èl como abogado de los defensores tuvo los 20 minutos establecidos; sin embargo, el Ministerio del Ambiente, Procuraduría General del Estado, Ministerio de Enegergìa y Minas y el representante de la presidencia de la República y de las empresas mineras tuvieron una hora y media para exponer sus argumentos, “lo cual es una flagrante violación a los derechos y al debido proceso el cual establece que las partes deben tener igualdad de armas ante los jueces”.
Para Piedra es importante recalcar que la Presidencia de la República se presentó para ser considerada como parte interesada del proceso “como si las otras funciones del Estado no existieran”, refiriéndose al Ministerio de Ambiente y al Ministerio de Energía y Minas y la Procuraduría General del Estado. Piedra denunció también que “han traído abogadas pagadas por la presidencia para que sustenten alegatos en contra de nuestra acción de protección”. Mientras que, por parte de las empresas mineras estuvieron presentes los representantes de Guayacan Gold Company Ggc S.A; Green Gold Ggold S.A. y Cornerstone Ecuador.
En la audiencia se presentaron alrededor de 20 profesionales diversos en calidad de amicus curiae, entre estos están: Ramiro Ávila, ex juez constitucional; representantes de Amazon Frontlines, biólogos y personas independientes en búsqueda de la defensa de Fierro Urco. Para Piedra, las empresas mineras “han hecho un mal uso de los amicus, se han presentado gerentes, ingenieros ambientales de las empresas y se les entregan tiempo adicional para que digan lo maravillosa que es la minería”.
Piedra espera que al finalizar la audiencia, los jueces José Erazo Bustamante; Marlon Tandazo; Max Brito, quienes llevan el caso, actúen con independencia, ejerciendo el papel central que los operadores de justicia tienen en el país, que es garantizar los derechos constitucionales. El abogado señaló que en este caso, se ha vulnerado el derecho al agua, la naturaleza y vivir en un ambiente sano, además del derecho a la consulta ambiental establecida en el artículo 398 de la Constitución: “Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente”.
Por su parte, el ex juez constitucional Ramiro Ávila, a través de Twitter, escribió: “ojalá la Corte Provincial de Justicia de Loja, en caso Fierro Urco, resista a las presiones estatales y de las empresas mineras, y haga prevalecer los derechos de la naturaleza y a la consulta previa. La seguridad jurídica del más débil debe prevalecer a la de los propietarios”.