Las red flags de los últimos decretos de Guillermo Lasso
Por: Elena Pinos @ElenaPinosC
Publicado 27 de septiembre del 2023
El presidente ecuatoriano, Guillermo Lasso, en los últimos meses de gobierno, ha firmado al menos tres decretos ley que abordan diversos temas: consulta ambiental, reformas económicas y, un último, de gestión de riesgos y desastres. Si bien esas son las temáticas que dicen abordar, estos decretos contienen varios artículos que han puesto en alerta a organizaciones indígenas, sociales, sindicales, educadores y de derechos humanos; por lo que han sido demandados por inconstitucionalidad en la Corte Constitucional.
¿Cuáles son los artículos y las implicaciones que las organizaciones denuncian como retrocesos de derechos?
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Decreto sobre Consulta ambiental
El Decreto Ejecutivo N.754 busca reformar el Reglamento del Código del Ambiente (RCODA) sobre la Consulta Ambiental. Este decreto fue emitido el 31 de mayo de 2023, antes de la Muerte Cruzada, y regula el proceso de Consulta Ambiental sobre proyectos extractivos y obras de impacto en comunidades.
Al respecto, la Consulta Ambiental deberá ser aplicada, previo al otorgamiento de una licencia, siempre; y de un registro ambiental en proyectos, obras o actividades de alto y mediano impacto ambiental del sector estratégico y no estratégico y de bajo impacto ambiental del sector hidrocarburífero y minero.
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Red flag: consulta inconsulta
Si bien se establece que el proceso de participación ciudadana para la Consulta Ambiental es obligatorio y debe realizarse previo al otorgamiento de los permisos ambientales, el Decreto 754 ratifica la validez de todos los permisos emitidos antes, y la reforma aplica, únicamente, para proyectos y actividades del sector minero con fecha posterior.
El decreto refiere aspectos restrictivos que no garantizan los derechos de participación. Por ejemplo, indica que la oposición mayoritaria de las/os consultados/as sobre un proyecto o actividad no es vinculante, y que, el permiso ambiental podrá ser otorgado pese a la oposición de la mayoría, si se ha justificado, según explica Rosa María Fabara, abogada de la firma compliance latam.legal
Adicionalmente, el decreto dice que la falta injustificada de la Defensoría del Pueblo, como una entidad de acompañamiento a las comunidades y vigilancia, no conlleva la nulidad del proceso. Por último, deroga toda norma respecto a la Consulta previa, Libre e Informada para las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas.
Vivian Idrovo, integrante de la Alianza de Derechos Humanos, en una entrevista en Wambra, explica que que el intento de regular la Consulta Ambiental mediante decreto dificulta las condiciones para garantizar el derecho a la consulta y el cumplimiento de la Fase Informativa y Consultiva, por lo que representa una “consulta express” en la que los consultados/as tienen, aproximadamente,catorce días para emitir su criterio técnico y legal, para documentar y pronunciarse.
“El apuro de consultar tiene que ver con la regularización ambiental de proyectos que ya están en marcha y violan derechos. Es una consulta sobre procesos firmados, donde hay decisiones tomadas, más allá de su fecha de aplicación”, explica Hidrovo.
Otro de los puntos que Idrovo identifica como problemático es que “si bien la consulta es una posibilidad para que las comunidades puedan informar al Estado las falencias y que se modifiquen las decisiones sobre el impacto, no es previa, libre ni informada y, en el caso de los pueblos indígenas y comunidades, no garantiza su supervivencia ni los derechos de la naturaleza”.
Asimismo, sobre el ámbito de aplicación de la consulta ambiental, el decreto manifiesta que debe ser aplicada, previo al otorgamiento de licencias y registros, respectivamente, en proyectos, obras o actividades de alto y mediano impacto ambiental del sector estratégico y no estratégico y de bajo impacto ambiental del sector hidrocarburífero y minero.
Para Idrovo “colocar las actividades del sector estratégico al mismo nivel que las actividades menos complejas que no son de este sector, es un error de mala fe porque no es lo mismo consultarle a la gente sobre la construcción de una escuela u hospital, que consultarle sobre un proyecto hiodrocarburífero o minero de amplio alcance y repercusión sobre sus vidas y territorios”.
Por todo esto, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador, CONAIE, y el Frente Nacional Antiminero en un “Mandato ante el despojo minero” denunciaron la ilegalidad de este decreto en vista de que existe una confusión entre el alcance de la Consulta Ambiental y la Consulta Libre, Previa e Informada que es un derecho colectivo de las comunas, comunidades y pueblos indígenas, y que este decreto desconoce.
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Decreto para el control y ajuste de las finanzas públicas
El Decreto Ley de Urgencia Económica para el Equilibrio, Organización y Transparencia de las Finanzas Públicas, fue emitido el 5 de septiembre de 2023. Plantea reformas al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip) que permite el funcionamiento, administración, seguimiento y control del Sistema Nacional de Finanzas Públicas para que el manejo de las cuentas fiscales garantice el cumplimiento de los objetivos.
El decreto plantea medidas que permitirían al siguiente gobierno recortar gastos en el Presupuesto General del Estado. Además, incluyen el indulto de intereses por deudas a la seguridad social y a otras entidades públicas, así como ajustes que podrían resultar en menos recursos para salud y educación.
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Red flag: Reducción de presupuesto a la salud, educación, IESS
Se proponen cambios en la fórmula de cálculo para el incremento de las asignaciones para salud pública y educación básica; elimina los intereses de la deuda que tiene el Estado por el 40% del aporte que debe hacer a las pensiones de las personas jubiladas del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social,IESS, a partir de enero de 2012.
Para el IESS esto implicaría perder el derecho de cobro de 1.042 millones de dólares en intereses por deuda. Además, se planea que el Estado aporte, únicamente, con el 33% del gasto para la atención de enfermedades catastróficas de afiliados y jubilados del IESS, y que la diferencia sea financiada por afiliados y empleadores.
Isabel Vargas, representante de la Unión Nacional de Educadores (UNE), en una entrevista realizada en Wambra , explicó que el desacuerdo de varias organizaciones sociales frente al decreto ley es que las reformas van a representar una disminución del gasto público en educación y salud, exactamente, una reducción de 103 millones de dólares en educación y 776 millones de dólares en salud.
“La situación educativa es preocupante. Se ha suspendido la entrega de uniformes, alimentación, se entrega un texto por cada tres estudiantes, mientras la LOEI indica que el presupuesto para educación es progresivo e irreductible”, indicó Vargas.
Vargas explicó, además, que la reducción que plantea este decreto “no representa una decisión económica urgente y más aún si es un presupuesto que se ejecutará el próximo año, por el siguiente gobierno”.
Razón por la que la Unión Nacional de Educadores, asociaciones de personas jubiladas y trabajadores realizaron una movilización dirigida a la Corte Constitucional para que se consideren sus observaciones, antes de la aprobación del decreto.
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Decreto para la gestión de riesgos y desastres
El Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica de Gestión de Riesgos y Desastres fue emitido el 5 de septiembre de 2023 con el propósito de institucionalizar, según el ejecutivo, el sistema de gestión de riesgos y desastres.
No obstante, la medida quiere mitigar, sobre todo, los efectos del fenómeno de El Niño y su repercusión para el sector camaronero que, de acuerdo con proyecciones del Banco Central, decrecerá en 6,4% en 2024, por esta razón.
Ante este riesgo, el decreto, en su Disposición General Octava, indica que quienes poseen predios construidos en zonas de playa y bahía, considerados bienes nacionales de uso público, podrán solicitar al ente rector de Acuicultura y Pesca que se deje sin efecto la calidad de bien público de las zonas referidas, especificando que han perdido la influencia marina de mareas, a fin de solicitar su adjudicación sin este reparo. El decreto así viabiliza la titularización de propiedades construidas sobre zonas de uso público y, por tanto, la adjudicación y titularización de tierras para el sector camaronero.
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Red flag: Monopolio de tierras, beneficios para empresas camaroneras y daño ambiental
La Federación Nacional de Cooperativas Pesqueras Artesanales del Ecuador (Fenacopec) y su presidenta, Gabriela Cruz, en rueda de prensa, expresó su rechazo a este decreto indicando que la titularización voluntaria de camaroneras afectaría a los manglares y, por ende, la actividad de más de 13.000 cangrejeros artesanales que han sido criminalizados. “Se estaría atentando contra los derechos de la naturaleza, por la pretensión de concesionar el manglar; y contra el derecho al trabajo», indicó. Motivo por el que solicitan a la Corte Constitucional que no se dé paso a este decreto que violenta al sector cangrejero.
Fernando Bastidas Robayo, integrante del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), reiteró y alertó en un tuit sobre la vulneración que causa este decreto sobre los derechos de la naturaleza y por el acceso a territorios de comunas ancestrales.
Finalmente, el Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador (CONGOPE), en un comunicado, rechazó enfáticamente la transferencia de competencias que son exclusivas del Gobierno Central y que con este decreto se dirigen a los Gobiernos Locales para atender la Gestión de Riesgos y Desastres. Además, denunciaron la eliminación del Plan Nacional de Riesgos y el retiro de presupuesto para cubrir este tema y otros que son prioritarios.