Elecciones Ecuador 2023

 

Pregunta #7 de la Consulta Popular:

¿Qué implica incorporar un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas?

 

 

Por: Gabriela Peralta @gaperalta07

Foto: Agencia de Noticias Ecologistas

Publicado el 29 de enero de 2023

 

 

Pregunta 7 ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas?

 

La Consulta Popular o referéndum busca la enmienda de varios artículos de la Constitución de la República. Dos de estos tienen que ver con temas ambientales; una de estas, con las áreas de protección hídrica. 

 

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En el Ecuador, en la Ley de Nacionalización de las Aguas, decretada en 1972, se estableció la “propiedad del Estado de todos los ríos, cascadas y playas”. Según Elizabeth Bravo, Ph.D en Biología – Micrología, durante la Colonia, la propiedad del agua dependía de la corona de España. Posteriormente, pasó a ser un bien nacional de propiedad de todo el Estado, con el régimen de otorgamiento de permisos o reconocimiento de usos ya dados. Ahora,  lo que se pretende con la Consulta Popular, según la experta, es que el control de las fuentes hídricas esté en manos únicamente del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, ya que con esta pregunta se busca enmendar el artículo 405 de la Constitución que señala lo siguiente: 

Art. 405.- El sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión. Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir a ningún título tierras o concesiones en las áreas de seguridad nacional ni en áreas protegidas, de acuerdo con la ley.

Con los cambios, en el Anexo de la pregunta siete se indica que el artículo 405 quedaría así:

Art. 405.- El sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario, privado y de protección hídrica; su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión. Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir a ningún título tierras o concesiones en las áreas de seguridad nacional ni en áreas protegidas, de acuerdo con la ley.

Es decir, de ser aprobada esta pregunta de la consulta popular, el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), actualmente conformado por cuatro subsistemas (estatal, comunitario, privado, autónomo descentralizado), tendría un subsistema más: el de protección hídrica.

Para Ivonne Yánez, cofundadora de la oenegé Acción Ecológica, de ganar el SÍ en esta pregunta, se adjudicaría mayor poder al Ministerio del Ambiente para la entrega de concesiones y permisos de uso de agua. Según lo relatado por Yánez, existe un conflicto latente entre quienes desean obtener esos permisos y licencias, sobre todo, para la industria extractiva o de cultivos de agroexportación, agricultura industrial para la exportación y quienes defienden el agua. Por ello, la experta ratificó que con la enmienda pueden debilitarse los sistemas y juntas comunitarias de agua.

A decir de la experta, esta pregunta confunde al electorado porque la Ley de Recursos Hídricos, que todavía no entra en vigencia, pero que se va a legislar, ya incluye a las áreas de protección hídrica. Es decir, esta pregunta sería innecesaria: “lo que se necesita es trabajar en la Ley de recursos hídricos, con eso sería todo”, explicó Yánez. 

Además, Yánez reiteró que si realmente al Gobierno le interesara el tema ambiental y ecológico, no estaría pretendiendo duplicar la extracción petrolera, ampliar la frontera minera que contamina fuertemente los ríos y deforesta, etc.  En ese sentido, dijo que crear un nuevo subsistema de protección hídrica en el marco del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) «debilitaría a los sistemas comunitarios y a las juntas del agua, que han protegido el líquido vital desde hace cientos de años».

Finalmente, para la cofundadora de Acción Ecológica, la pregunta siete es simplemente una pregunta de carácter populista que puede poner en riesgo la defensa del agua, por parte de las y los defensores, y la salud y vida de los pueblos: “En el momento en que el Ministerio del Ambiente empiece a ejercer un mayor control y manejo de los recursos hídricos o de las fuentes de agua, se seguirá contaminando, destruyendo y deteriorando todas las fuentes hídricas y fuentes de agua. En la pregunta 7 y 8 se están vulnerando los derechos colectivos de los pueblos y de la naturaleza”.

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