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Organizaciones feministas presentan demanda de incumplimiento e inconstitucionalidad a la Ley de Aborto por violación
Por: Mishell Mantuano @MishellMantuan2
Publicado el 04 de agosto de 2022
Organizaciones feministas, de mujeres y de Derechos Humanos presentaron una demanda de incumplimiento y una demanda de inconstitucionalidad, el 4 de agosto de 2022, a la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de Violación, que entró en vigencia por el Ministerio de la Ley tras el veto parcial del presidente Guillermo Lasso.
Según las organizaciones, 14 artículos de la ley violentan estándares internacionales de Derechos Humanos y son además, inconstitucionales. Mientras que la demanda de incumplimiento se presentó porque la ley no cumple con las disposiciones señaladas en la sentencia de la Corte Constitucional de abril de 2021.
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Organizaciones feministas, de mujeres y derechos humanos, realizaron una rueda de prensa desde los exteriores de la Corte Constitucional, la mañana del 04 de agosto de 2022, para presentar una demanda de incumplimiento y una demanda de inconstitucionalidad a la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de Violación.
Virginia Gómez de la Torre, parte de la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, en su intervención, dijo que no buscan derogar la ley “lo que queremos es que se cambien los artículos que son lesivos y que tienen que ver básicamente con los requisitos como la denuncia, la regulación de la objeción de conciencia y la temporalidad”.
Según Virginia, la ley en vigencia criminaliza mujeres que llegan a los servicios de salud con emergencias obstétricas “eso es inconcebible, impresentable, es cruel y es anticonstitucional. La ley que tenemos ahora, si bien es cierto, permite a las mujeres que cumplen con los requisitos de doce semanas y la denuncia acceder al aborto, es un avance. Sin embargo, la ley tiene artículos que obstaculizan”. Por estas causas, presentaron las demandas de incumplimiento e inconstitucionalidad a la Corte Constitucional.
Demanda de incumplimiento
En abril de 2021, la Corte Constitucional despenalizó el aborto por violación y ordenó a la Asamblea Nacional conocer, discutir y aprobar, en un plazo de 6 meses, una ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo con los más altos estándares, establecidos en la sentencia 34-19-IN/21 de la Corte Constitucional.
Para febrero de 2022, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de violación, con un total de 75 votos afirmativos. Esta ley fue vetada de manera parcial por el presidente Guillermo Lasso, el 15 de marzo de 2022, modificando 61 de 63 textos alternativos y objeciones. Entre los cambios, se redujo el número de semanas para el acceso a un aborto y se incluyó una serie de requisitos para realizar el procedimiento.
El veto también permite que las instituciones de salud puedan declararse objetores de conciencia, negándose a brindar la atención de un aborto legal a mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes víctimas de violación. De esta manera, el presidente Lasso incumplió los estándares establecidos por la Corte Constitucional, según establece la demanda de incumplimiento presentada por la Coalición de Mujeres del Ecuador y organizaciones feministas y de mujeres.
Francisca Morejón, representante de la Coalición de Mujeres del Ecuador, explicó que la demanda de incumplimiento es porque la “Asamblea Nacional no cumplió con lo que le ordenó la Corte Constitucional”. Además, agregó que la demanda de incumplimiento es una base para la demanda de inconstitucionalidad y espera que se pueda reparar a las niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes para que puedan abortar por el delito de violación sin que el Estado las criminalice.
Demanda de Inconstitucionalidad
La demanda de inconstitucionalidad presentada por la organizaciones feministas, de mujeres y derechos humanos va en contra de 14 artículos de la Ley de Interrupción Voluntaria del embarazo en casos de violación. Las organizaciones consideran que los artículos 5 literal a, 31 numeral 2; 32, segundo inciso y numerales 3, 4, 6 y 7; artículo 33 numeral 4; el 34 , numeral 3 y 35 numeral 2, literal b, numeral 3 literal b y los numerales 4, 5, 7 y 8, son lesivos para las niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes, pues “generan un inminente riesgo de criminalización para las víctimas que acudan a solicitar la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación”.
Francisca Morejón explicó que, después de realizar un análisis constitucional junto a la especialista constitucional, Soledad Angus, la Coalición de Mujeres determinó que los artículos mencionados en la demanda tienen rasgos de inconstitucionalidad.
Micaela Camacho, representante de la Alianza Nacional de Aborto por Violación, dijo que junto a otras organizaciones apoyan las demandas presentadas porque “el Estado ecuatoriano no garantiza que mujeres, niñas y personas disidentes puedan abortar en casos de violación. Las violaciones no se consienten, por ende, los embarazos tampoco”. Y mencionó que las personas que denuncian el delito de violación no tienen garantías de la interrupción del embarazo forzado.
En Ecuador, en promedio se reciben 14 denuncias de violación por día, tres de ellas son contra niñas menores de 14 años, de acuerdo a las cifras de la Fiscalía General del Estado.
“Hemos estado en las calles, en lo legal y estamos en alianza a nivel nacional, nos mantenemos vigilantes para exigirle a la Corte Constitucional que vele por el bienestar de las niñas, las mujeres violentadas, violadas y también por las disidencias. La Corte debe velar porque los derechos sean cumplidos y no responder al poder político, porque sabemos que a Guillermo Lasso no le importa la vida de las mujeres, niñas y disidencias. Ellos solo salen a las calles cuando nosotras salimos a exigir nuestros, pero para reprimirnos”, manifestó Micaela Camacho.
La Corte Constitucional no ha determinado un plazo para responder a las demandas presentadas; sin embargo, desde las organizaciones feministas, de mujeres y derechos humanos, esperan que se haga lo más rápido posible, priorizando la vida de las niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes.