FEMINISMOS

El veto de Lasso a Ley de Aborto por Violación pasará a revisión de la Corte Constitucional

 

Por: Mishell Mantuano @MishellMantuan2

Publicado 05 de abril del 2022

 

El Pleno de la Asamblea Nacional instaló la sesión 771 y trató el Informe No Vinculante a la Objeción Parcial del Presidente Guillermo Lasso a la Ley que garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de Violación y será enviado a la Corte Constitucional.

 

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El presidente Guillermo Lasso de manera parcial, la Ley que garantiza la Interrupción del Embarazo en Casos de Violación, el 15 de marzo de 2022. El veto incluyó 61 textos alternativos y objeciones a los plazos para el acceso, la objeción de conciencia, los requisitos, entre otros artículos.

La ley volvió a manos de la Asamblea Nacional, quien tuvo 30 días para decidir si mantiene el texto original que aprobó el 17 de febrero de 2022 o acepta la propuesta presentada por el Ejecutivo.

Es así como el 05 de marzo de 2022, el Pleno de la Asamblea Nacional instaló la sesión 771 y discutió la objeción parcial del presidente Lasso a la Ley de Aborto por Violación. La asambleísta de Izquierda Democrática, Johanna Moreira, dijo “el veto parcial es inconstitucional, y de acuerdo a la normativa legal, se deberá enviar a la Corte Constitucional, el documento del proyecto de Ley, la objeción presidencial y un escrito donde se expongan las razones de la objeción a la Ley para que el respetivo análisis”.

Sobre este procedimiento, el artículo 139 de la Constitución ecuatoriana dice: “Si la objeción de la Presidenta o Presidente de la República se fundamenta en la inconstitucionalidad total o parcial del proyecto, requerirá dictamen de la Corte Constitucional, que lo emitirá dentro del plazo de treinta días.

Si el dictamen confirmara la inconstitucionalidad total del proyecto, éste será archivado, y si este fuera parcial, la Asamblea Nacional realizará las enmiendas necesarias para que el proyecto pase a la sanción de la Presidenta o Presidente de la República. Si la Corte Constitucional dictamina que no hay inconstitucionalidad, la Asamblea Nacional lo promulgará y ordenará su publicación”.

Durante la sesión de pleno de la Asamblea, Moreira pidió que se envié el informe no vinculante a la Corte Constitucional para que se evalué el veto presentando por el Ejecutivo. En la misma línea, la asambleísta de PK, Sofía Sánchez, añadió “la Corte ya se pronunció a favor de las niñas y de todas nosotras. Existe un uso abusivo del veto”.

Contrario a lo planteado por la asambleísta Moreira, Pierina Correa de UNES dijo que el veto presentado es parcial porque solo cubre 61 de 63 artículos y presentó la moción de “ir al allanamiento al veto presidencial porque acoge muchos temas que pusimos en el informe de minoría”. Pero la moción no pasó a votación.

Minutos después se sometió a votación la primera moción presentada por la asambleísta Johanna Moreira, que fue aprobada con 75 votos afirmativos y 49 negativos. Es decir, el veto presentando por el presidente Lasso deberá ser enviado a la Corte Constitucional.

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¿Qué le corresponde hacer a la Corte Constitucional?

Johanna Romero, abogada constitucionalista, explicó que ahora la Corte Constitucional de primer momento “deberá hacer una evaluación para saber si aprueba o no la remisión de la objeción parcial de la Ley de Interrupción del Embarazo en Casos de Violación presentado por el Presidente Guillermo Lasso”.

Romero mencionó que  existen varios criterios para determinar si era posible que las objeciones presentadas por el Ejecutivo vuelvan a la Corte “aunque Lasso haya hecho un veto que estaba rotulado como parcial y no como inconstitucional”

En caso de aprobar lo emitido por la Asamblea, el 05 de abril de 2022, la Corte “deberá revisar los argumentos que propone el Ejecutivo en los artículos que él sugiere como inconstitucionales”. Es decir, ya no se hará una revisión total de ley si no “evaluar puntualmente los argumentos planteados por el Presidente”.

Si la Corte rechaza los argumentos presentados por Lasso “la Ley queda tal cual la aprobó la Asamblea, el 17 de febrero de 2022”. Según Romero, la Corte “podría dar un pasito más y en el punto sobre plazos donde hay inconstitucionalidad, ampliar esos plazos hasta las 24 semanas”.

“Pero yo dudo que se arriesgue, también por el nuevo escenario en la Corte, los cambios que se han dado que pudieron cambiar la situación sobre todo viendo como la Asamblea debatió y lo que hizo el Ejecutivo”, añadió Romero.