Corte Constitucional negó petición de consulta popular  para prohibir explotación de minera en Quito

 

 

 

Por Génesis Anangonó Chalaco

Publicado 30 junio de 2021

 

La Corte Constitucional declaró improcedente la petición de consulta popular que buscaba prohibir la explotación de minería en el Distrito Metropolitano de Quito y en las parroquias que conforman la Mancomunidad del Chocó Andino.

El 29 de marzo de 2021, representantes de seis parroquias rurales y del Subsistema Metropolitano de Áreas Naturales Protegidas del Distrito Metropolitano de Quito presentaron ante la Corte Constitucional (CC) un pedido de consulta popular con cuatro preguntas que planteaban la prohibición de la minería metálica artesanal, pequeña, mediana y a gran escala en el Subsistema Metropolitano de Áreas Naturales Protegidas del Distrito Metropolitano de Quito y en las parroquias de Nono, Calacalí, Nanegal, Nanegalito, Gualea y Pacto que integran la Mancomunidad del Chocó Andino.

A través de un comunicado, la CC informó que se negó la solicitud de dictamen previo al pedido de consulta popular, “por no cumplir con los parámetros previstos en la Constitución”.  Según el comunicado, en el caso de dos considerandos, existe “información redundante y falta de referencia a información relevante”, además consideró incumplidos los requisitos formales de las preguntas, porque la prohibición de minería metálica se solicita en dos territorios geográficos “entre los cuales existen áreas que se solapan, pero solo parcialmente, con lo cual, si bien las preguntas incluyen un solo tipo de actividad prohibida, no existe un único ámbito territorial”, por lo que de aceptarse las preguntas estas “lesionarían la libertad del elector” de la opción de pronunciarse a favor o en contra “de establecer la prohibición de actividades mineras en el ámbito geográfico del Subsistema, pero no en los territorios de la Mancomunidad no incluidos en el Subsistema”. Adicionalmente la CC Corte sostuvo que existe una incongruencia entre el cuerpo electoral al que va dirigida la consulta y se debió otorgar “razones suficientes para contar con solo una parte del cuerpo electoral, lo cual no ocurrió en esta propuesta” que se dirigió a habitantes del Distrito Metropolitano de Quito y al Gobierno Central.

Inty Arcos, Coordinador Técnico de la Mancomunidad del Chocó Andino, en entrevista con Wambra Medio Digital Comunitario, dijo que en la zona sobre la que se busca prohibir actividades de minería metálica habitan alrededor de 21 mil personas, además de especies endémicas que no se encuentran en ningún otro lugar del planeta. Dijo que los mayores problemas que ahora mismo enfrenta el Subsistema Metropolitano de Áreas Naturales Protegidas del Distrito Metropolitano de Quito y las parroquias que integran la Mancomunidad del Chocó Andino están relacionados con conflictos sociales como la violencia en contra de los líderes de las comunidades y la población que se opone, “existen amenazas directas, intimidación a personas y ONG’S de protección ambiental”. Sin embargo, dijo, que las comunidades continuarán en resistencia y oponiéndose a las actividades mineras.

La CC aclaró que este fallo no impide que, a futuro, los peticionarios puedan subsanar los defectos detectados en este dictamen constitucional y solicitar un nuevo pronunciamiento de la Corte Constitucional del Ecuador.