tomado de Tomate Colectivo

Ancash, 31 de mayo de 2017.  Los dirigentes comunales Narciso Espinoza Amado y Melitón Gregorio Cadillo Arce,  fueron acusados y condenados, el pasado 5 de abril, por los delitos de secuestro y entorpecimiento a los servicios públicos, en agravio de dos funcionarios mineros. La pena asciende a 24 años de cárcel.

La Sala Mixta Descentralizada de la provincia de Huari  emitió la sentencia. Ahora se espera que la Sala Penal permanente de la Corte Suprema de Justicia resuelva anular la sentencia contra los dirigentes comunales de los caseríos de Huallacancha y Taruscancha (San Marcos, Áncash, región andina del Perú), que fueron denunciados por la empresa minera Antamina, en medio de un paro de protesta como reclamo por incumplimiento de acuerdos.

Aun cuando una de las supuestas agraviadas haya desmentido que se le haya privado de su libertad, y la misma Sala de Huari haya desestimado que el otro haya sido víctima de secuestro, los magistrados Calderón Alonso, Hilda Celestino Narcizo y Juan Valerio Cornejo Cabilla resolvieron condenarlos (Mediante resolución tres del expediente N° 103-2012-0).

Por su parte la empresa minera insistió en la supuesta comisión de delitos por parte de Melitón Cadillo, quien se encuentra en situación de “no habido”, a diferencia de Narciso Espinoza quien ya purga condena en Ancash.

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Antecedentes

Todo este conflicto comenzó el 13 de marzo de 2007, cuando la Municipalidad distrital de San Marcos y Antamina suscribieron un convenio de cooperación interinstitucional para el desarrollo sostenible.

Cuatro años después, los caseríos de Huallacancha, Tarushcancha y Ninacocha reclamaron por el incumplimiento de los acuerdos del convenio en sus zonas, pese a estar ubicados muy cerca de la mina.

Es así que, entre el 13 y 14 de enero de 2011, quedaron en reunirse con Marco Dulanto Bautista, funcionario de Antamina en aquel entonces. Dicha reunión fue suspendida por la mina, provocando que los pobladores de Taruscancha convoquen un paro de protesta los días 16 y 17 de enero, y bloqueen la carretera de acceso al campamento minero.

La policía estuvo presente en medio de la protesta, lo cual consta en el informe N°02-2001-13-DIRTEPOL/DIPOL-HI-SPNP-YANACANCHA, hasta que Antamina decidió enviar a su relacionista comunitaria, Lesly Chojeda, y a Mario Alva Obando como resguardo. Ambos tenían la misión de comunicar a los comuneros sobre una nueva fecha de reunión.

Según refieren los comuneros, el contingente policial se retiró –pese a estar en un ambiente de protesta- y dejó solos a estos trabajadores de la mina para que se “entiendan” con ellos.

Este hecho es en el que se basó Antamina para denunciar a Melitón Cadillo y a Narciso Espinoza por secuestro.

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“Agraviada” desmintió secuestro

No obstante, la presunta víctima de secuestro, Lesly Chojeda declaró al Juzgado de Huari que cuando fue a entregar el documento con la reprogramación de la reunión, fue abandonada por los agentes policiales de la DINOES y por la propia Antamina.

“Nunca me agredieron, nunca fui violentada, solo fui retenida y no fue violando mi integridad física. Luego de que pasaron las horas y luego de haber cenado, se me acercó un supervisor o jefe de la DINOES, y se fue creo a llevar información a Antamina. A las nueve de la noche la gente seguía en el cerro y una señora me llevó a su casa para descansar”, testificó Chojeda.

La psicóloga social indicó que nunca la llevaron al cerro, ella solo había permanecido en Tarushcancha con Mario Obando. Ante tantas personas indignadas se sintieron intimidados. Al día siguiente (lunes 17 de enero), no hubo necesidad que sea “liberada” sino se retiró sin problemas –y por volutnad propia– al ver que las comunidades lograron reunirse con Pablo De la Flor, vicepresidente de Antamina en esa época.

La relacionista comunitaria de la minera dejó de trabajar en la empresa en febrero de 2011, es decir un mes después del conflicto. Mientras tanto, Mario Obando continúa hasta la fecha.

Se ha demostrado lo indemostrable

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El abogado defensor, Víctor Álvarez, remarcó que en este caso están envueltos campesinos que no son delincuentes que están dirigiendo sus acciones a secuestrar con alguna intencionalidad directa.

El abogado de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) recordó que la propia sentencia de la Sala de Huari (EXP. N°103-2012-0) expresa claramente que Mario Alva Obando Flores no puede ser considerado agraviado del delito de secuestro.

“Si Obando y Chojeda han permanecido juntos el día de los hechos, no tiene sentido que uno de ellos termine siendo víctima de secuestro y el otro sí. Por otro lado, Chojeda manifestó haber sido retenida por unas mujeres y no queda claro porqué se señala a los señores Cadillo y Espinoza como responsables de su supuesto secuestro”, apuntó el letrado.

“Estamos frente a campesinos que reclaman sus derechos y hacer escuchar su voz y que han sido condenados a 24 años, lo cual resulta absurdo y descabellado”, manifestó.

Para la defensa asumida por la CNDDHH, todo ello ha sido encaminado a “demostrar” lo indemostrable, desde la manera en que se ha llevado el juicio oral, las preguntas de la fiscalía, hasta la defensa de los comuneros que no ha sido capaz de hacer ver estas anomalías durante el proceso.

Por su parte, los familiares de Cadillo y Espinoza llegaron a Lima para dar a conocer el caso a la prensa y a reunirse con la defensa asumida por la CNDDHH.

 

Información:

• Corte Superior de Justicia de Lima todavía no comunica una fecha para resolución
• Juzgado desestimó que una de las agraviadas haya sido víctima de secuestro, pero igual procedió sentencia