“La penalización del aborto es una grave injusticia que sufre la mujer”

 

Entrevista a José Miguel Vivanco, Human Rights Watch

 

Por : Ana María Acosta @yakuana

Video: Jorge Cano @subcano – José Mosquera @bluesdebus

 

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José Miguel Vivanco es director de la División de las Américas de Human Rights Watch, (HRW) una organización de derechos humanos conformada por 400 miembros en todo el mundo; durante varios años trabajó como abogado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la Organización de Estados Americanos (OEA). La agenda de Human Rights Watch en América Latina aborda una amplitud de temas desde la mirada de derechos humanos: la documentación de la represión en Nicaragua, el éxodo en Venezuela, el hostigamiento a líderes indígenas y ambientalistas en Ecuador, los persistentes efectos del conflicto en Colombia después de la firma de la Paz, o la situación de los derechos sexuales y derechos reproductivos de las mujeres en países donde el aborto está penalizado violando su derecho a decidir.

Este último derecho –que muchas veces se olvida que lo es– es lo que motiva su visita a Ecuador, para brindar observaciones en el marco de la reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que lleva la Asamblea Nacional, donde se incluye la propuesta de despenalización del aborto por violación y otras causales. No es el primer país donde HRW participa. Lo hizo de forma activa en el debate para la despenalización del aborto en Chile en 2017, donde la reforma incluyó tres causales para un aborto legal: por riesgo de vida, por inviabilidad fetal y por violación. También lo hizo en el debate de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Argentina, que generó una movilización social sin precedentes por esta causa, aunque no su aprobación. En Ecuador, su agenda incluyó reuniones con organizaciones de derechos humanos, derechos de las mujeres, legisladores y con el presidente Lenín Moreno.

José Miguel Vivanco nos recibe, se preocupa por darnos agua, por que tengamos buena luz y que la bulla no intervenga en el sonido; nos cuenta de su agenda de medios y cómo varios periodistas que lo entrevistaron colocaron el eje de su visita –el debate por la despenalización del aborto– para los últimos cinco minutos de entrevista, como si hablar de este tema, por sí solo, no ameritara importancia en la opinión pública. En nuestro caso, este es el tema central de nuestra conversación.

 

¿Cuál es la relación de la despenalización del aborto con la democracia, con el fomento de sociedades democráticas?

– La penalización del aborto es una grave injusticia que sufre la mujer. Yo diría que eso coloca a la mujer en una posición casi de segundo nivel, como si no fuera ciudadana. Cuando se trata de un caso de embarazo que ha sido provocado a raíz de un crimen, cuando la mujer es víctima de una violación, ella no tiene ninguna responsabilidad moral por el feto, por la concepción que se pueda producir. Sin embargo el Estado la obliga, por segunda vez, además del crimen original, a seguir adelante con el proceso de embarazo, como si se tratara de un proceso normal. Si ella no está dispuesta a hacer eso, si ella quisiera hacerse un aborto, el Estado le amenaza con la cárcel, cuando ella ha sido víctima de un hecho que debe ser objeto de una investigación y sanción ejemplar por parte del Estado.

En una sociedad democrática, el imponer una obligación, un deber jurídico sobre los hombros de una mujer que debe continuar con su embarazo –así no sea víctima de un crimen de violación– es algo abrumador, injusto e irracional. Esto, en la opinión de la comunidad internacional de derechos humanos –de forma unánime, aquí no hay discrepancias– constituye una violación a los derechos de la mujer.

El Estado, incluyendo aquellos que protegen la vida desde la concepción, puede seguir protegiendo la vida desde la concepción a nivel constitucional, pero no necesitan recurrir a la amenaza penal. Deben, al contrario, adoptar políticas y medidas de salud pública esencialmente para apoyar a la mujer y al feto, si es que ella decide seguir adelante con ese embarazo que ha sido producto de un crimen, de una violación.

 

En cuanto a la despenalización del aborto y el artículo 45 de la Constitución que garantiza la vida desde la concepción, tú decías en el foro público que la Constitución alemana contiene el mismo artículo que “defiende la vida desde la concepción”, pero aun así se despenalizó el aborto en Alemania. Entonces, en el caso de Ecuador, ¿despenalizar el aborto es incompatible con el artículo constitucional que defiende la vida desde la concepción?

–No, es decir, toda la jurisprudencia que existe en Europa y en buena parte de América Latina, todos los países que cuentan con una legislación constitucional similar a la de Ecuador, incluso aquellos donde el texto constitucional expresamente establece que hay protección de la vida desde la concepción, pudieron despenalizar el aborto. Esa es la situación de Alemania, que en el año 75 el Tribunal Constitucional fue capaz de tomar una decisión que ha sido pionera en toda Europa. El Tribunal entendió que al despenalizar parcialmente el aborto para unas causales, como por ejemplo cuando la vida de la madre o su salud está en peligro, cuando el feto es inviable o cuando la madre ha sido víctima de una violación, es perfectamente compatible con el texto constitucional. Es decir no hace falta, no es necesario modificar o reformar la Constitución, se puede seguir exactamente con la misma Constitución.

También lo hizo Chile hace dos años, la Constitución chilena es muy similar a la Constitución ecuatoriana, protege la vida prenatal, es decir, antes del nacimiento, desde la concepción, y sin embargo el Tribunal Constitucional chileno, al igual que los europeos y muchos de América Latina, decidió que, sin modificar el texto constitucional, se podía despenalizar el aborto, porque el obligar a la mujer a seguir adelante con un embarazo como si nada hubiera ocurrido, constituía eso sí un problema constitucional, generaba una violación a los derechos básicos de la mujer. La mujer debe tener –como ocurre felizmente hoy día en Chile– la opción de continuar adelante con el embarazo, así no haya sido víctima de una violación, o interrumpirlo dentro de las primeras 14 semanas.

 

¿Cómo puede continuar un Estado defendiendo la vida desde la concepción sin necesidad de usar el derecho penal contra las mujeres?

–En toda sociedad democrática la manera en la que se organiza el Estado para regular la conducta de los ciudadanos es mediante regulaciones, políticas públicas, incluso por la vía de los impuestos, medidas que tienden a afectar o impulsar un derecho en particular. Por ejemplo, si uno quiere reducir el consumo de cigarrillos pude incrementar fuertemente los impuestos, lo mismo con el alcohol. Hay múltiples maneras de proteger valores, que se considera valiosos e importantes, y cambiar las conductas en una sociedad democrática. El derecho penal es la última opción, en casos extremos, cuando ya fallan las otras medidas se recurre al derecho penal que es, en el fondo, la opción de privar de la libertad a una persona por un crimen, por un hecho que merece nada menos que ese tipo de sanción.

Los tribunales constitucionales en términos unánimes hasta el día de hoy, cada vez que se les ha presentado este tema, han llegado a la conclusión de que hay múltiples maneras de proteger la vida desde la concepción y que se puede despenalizar el aborto, se puede despenalizar parcialmente el aborto, sin afectar, sin reducir en absoluto la obligación del Estado de ofrecer una protección a la vida desde la concepción. Por ejemplo, con medidas de salud públicas adecuadas que protejan a la mujer, que le faciliten los controles médicos, que reduzcan los gastos para que la mujer pueda contar con el apoyo que se requiere durante un período que no es fácil, es muy complejo, es muy delicado y es muy difícil como es el embarazo. El Estado no puede quedarse de brazos cruzados, debe ofrecer ese tipo de apoyos, pero también deben ofrecer apoyos para incentivar, por ejemplo, la adopción. La adopción no puede ser una obligación, pero si la mujer quisiera seguir adelante con su embarazo, incluso en los casos que ha sido víctima de una violación, y finalmente da al niño o la niña en adopción está en su pleno derecho, y para eso se debe tener la plena disposición de los recursos necesarios y discutir las políticas públicas que permitan facilitar este proceso.

El derecho penal, insisto, no es el proceso adecuado, porque en la práctica –esto lo han constatado las instancia las judiciales que han conocido el tema– no reduce la práctica del aborto, lo convierte en inseguro, arriesga mucho más la vida y la salud de la mujer porque se obliga a practicar una interrupción del embarazo en circunstancias ilegales, clandestinas, difíciles, sobre todo aquellas mujeres que no disponen los recursos para interrumpir su embarazo. Por eso, es necesario que se habilite un espacio, no es que se esté aprobando aquí el aborto en cualquier circunstancias sin que exista causal alguna, aquí lo que se trata es de centrar en lo valioso que supone que la mujer pueda en circunstancias como las que se han discutido, en general en estas tres opciones: cuando la vida o la salud están en peligro, cuando hay inviabilidad en feto, comprobada medicamente o cuando ha habido un crimen de violación, se le debe ofrecer  a la mujer la opción de interrumpir su embarazo. 

 

¿Qué derechos se están violando el momento en el que se obliga a una niña o mujer a continuar con un embarazo que no desea, que es producto de violación, o es forzado?

–Sobre esta materia hay amplísima doctrina y jurisprudencia constitucional, se habla por ejemplo de violar el derecho de autodeterminación de la mujer, el derecho a decidir por sí misma en circunstancias extremas como la violación. Hay instancias internacionales que, con plena justificación, han calificado la penalización del aborto en caso de violación como una doble penalización de la mujer, pero específicamente como una forma de imponer una tortura psicológica sobre la mujer. No olvidemos que esa mujer contra su voluntad ha sido sometida a un crimen que la ha dejado embarazada. A esta mujer el Estado le dice: usted tiene que soportar nueve meses y seguir adelante su proceso de embarazo sin la posibilidad de interrumpirlo, a pesar de ser una víctima de violación. Este trato, el que ella no pueda terminar con el embarazo en esas circunstancias, dentro de un período de los tres o cuatro meses dependiendo del país, es un trato cruel. Si ella no tiene esa opción y la obligan porque la amenazan con la cárcel, eso también es un trato cruel, un trato inhumano, un trato que denigra a la mujer. La máxima corte de Irlanda del Norte dijo que esto es tratar a la mujer como si fuera un receptáculo, donde ella no tiene ningún derecho, donde debe seguir adelante con un proceso del que ella no es responsable.

 

¿Cómo miras el debate de la despenalización del aborto este momento en Ecuador y la respuesta de las y los legisladores frente a este debate?

–Estamos más cerca que nunca en Ecuador. Este debate por primera vez está en tierra derecha. Estas materias en otras épocas no se podía plantear. Yo recuerdo que cuando  se hizo la última modificación del Código Penal en los tiempos de Rafael Correa, él personalmente amenazó a los parlamentarios y tomó posiciones recalcitrantes y autoritarias desconociendo todas las obligaciones jurídicas, internacionales del Ecuador en esta materia. Sin embargo hoy día, felizmente en Ecuador, existe un ambiente muy distinto, hay un debate muy vigoroso. Yo estoy completamente consciente que aquí no hay unanimidad, que hay muchas visiones y que hay distintas opiniones, es una materia que genera pasiones y visiones desde el punto vista moral, ético, filosófico hasta biológico, sin consenso. Pero yo diría que desde el punto de vista jurídico  de los derechos humanos hay pleno consenso, ahí no hay duda: todas las instancias internacionales son consistentes en considerar y concluir que hay que despenalizar en estas circunstancias. Yo creo que Ecuador está muy cerca de seguir ampliando el ejercicio de derecho básicos para sus ciudadanos y en particular para las mujeres.

 

Como organización de derechos humanos mundial, ¿cómo miran el crecimiento en la región de grupos religiosos conservadores radicales  que se oponen a los derechos de las mujeres, al movimiento feminista, que se oponen al aborto y últimamente con la aprobación del Matrimonio Igualitario en Ecuador, han difundido un fuerte discurso de odio contra la población LGBTI?

–Una de las conquistas básicas que hemos logrado, desde hace un siglo y que es muy importante preservarla, es la separación entre la Iglesia y el Estado. Cada vez que uno mezcla política con religión se producen convulsiones sociales, retrocesos, abusos, eso lo demuestra la historia. Es importante que en esta parte se entienda que las opiniones religiosas, las opiniones teológicas se manejen en ese ámbito, en el ámbito de lo religioso, de lo teológico. Las opiniones sobre moral también son muy valiosas, muy importantes cada uno es dueño de su propia visión moral, de su visión ideológica incluso, pero cuando está comprometida la salud pública, cuando está comprometido el ejercicio de derechos básicos, el ejercicio de derechos fundamentales, por ejemplo, derechos de las minorías, cuando está en juego el Estado de Derecho hay que tener muy claro que los argumentos de tipo teológico no tienen espacio. Son argumentos que valen para aquellos que quieran reclutar adherentes a su fe religiosa –muy respetable y que además por cierto constituye un derecho humano básico el profesar una religión, una fe– pero eso no puede estar mezclado con lo que es un debate público esencial para fortalecer lo que es la vida en democracia, hoy día en una nación como Ecuador, que está haciendo enormes esfuerzos para recuperar su independencia, la independencia de las instituciones democráticas básicas.