“Somos sujetas de derecho”

La exigencia de las mujeres con discapacidad para decidir

sobre su sexualidad

 

 

 

Por: Karol E. Noroña @KarolNorona, Luisana Aguilar @luibeagal, Génesis Anangonó @genestefa

Edición: Ana María Acosta @yakuana

Ilustración de portada: Vilma Vargas @vilmavargasva

 

 

Publicado 01 de junio 2020

 

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—Yo no quiero esta ‘cosa’, ¡por favor, sáquenmela!, no quiero tenerla conmigo.

Mariana*, una niña de 13 años, con discapacidad intelectual grave, pedía a gritos no continuar con un embarazo forzado. No lograba comprender lo que ocurría con su cuerpo, después de haber sido violada reiteradamente por la pareja de su madre. Así llegó a la Sala de Primera Acogida (SPA) para víctimas de violencia del Hospital Policlínico Docente de Riobamba.

La doctora Rosa Castillo, médica que lleva más de diez años laborando en la SPA, recibió a Mariana, pero no logró hacer mucho: tenía 25 semanas de embarazo cuando ingresó a la casa de salud. El aborto terapéutico, según la Guía de Aborto Terapéutico, solo puede practicarse hasta la semana 21 o si el feto tuviese un peso menor a 500 gramos.

En el hogar de Mariana, la violencia sexual era la regla diaria para ella y su hermana menor, pero los ataques sexuales de los que eran víctimas no fueron conocidos si no hasta que Mariana quedó embarazada del agresor. Mariana fue atendida por un médico del barrio, de un centro de salud primario, por un malestar general en su cuerpo y un fuerte dolor abdominal. Después de la valoración clínica, el doctor identificó el embarazo y lo notificó a Fiscalía. Pero no la refirió a un hospital de segundo nivel, como debió hacerlo según el protocolo fijado por la Guía.

“Su intención era obtener una orden judicial para realizar el aborto terapéutico”, relata Rosa, pese a que la Guía de Atención de Aborto Terapéutico es clara: no se requiere orden judicial para aplicarlo. Al ser una niña con discapacidad intelectual simplemente se necesitaba el pedido expreso del representante legal de Mariana. “El proceso se demoró mucho y cuando Mariana llegó no pudimos realizar el procedimiento”, lamenta Rosa.

—¿Qué ocurrió con Mariana, le explicaron qué sucedía con su cuerpo?

—Sabía que le crecía la barriguita, sabía que no quería tener ese bebé cuando naciera y darlo en adopción, y repetía: sáquenme esta ‘cosa’. Su condición socioeconómica era muy compleja. Cuando el agresor fue denunciado, la custodia fue dada a su padre, quien también era discapacitado. A veces se escapaba para estar con su madre, pero ahí también estaba la misma persona que la agredía. Entonces, notificamos el caso por la condición de riesgo en la que se encontraba la niña y su hermana.

El 18 de enero de 2021, Mariana volvió al Hospital Docente de Riobamba con una amenaza de aborto. El agresor le había dado una sustancia para que perdiera a su hijo, pero ella había superado ya las 32 semanas de embarazo. El equipo médico logró estabilizarla para que ella, una niña de 13 años, continúe con una maternidad que nunca deseó.

Luego de su recuperación, Mariana, la mayor de tres hermanos, fue trasladada a una casa de acogida en Quito donde culminó su embarazo y dio a luz a su bebé, que fue  enviado a una casa hogar. Rosa desconoce cuál es la situación actual de ella y su hijo, o si ha logrado superar la doble violencia que vivió. Lo que sí sabe es que la historia de Mariana revela un nudo crítico en la atención médica primaria para mujeres y niñas sobrevivientes de violencia sexual y muchas de ellas embarazadas.

Cada semana, cuenta Rosa, llegan 120 casos de violencia de género a la SPA, pero la historia de Mariana es uno de los casos más desgarradores que ha visto: la niña tenía discapacidad, fue atacada sexualmente, pero también fue víctima de la negligencia y desprotección estatal. En el caso de Mariana también se replica un modelo de atención que aún no logra reconocer los derechos de las mujeres, adolescentes y niñas. Pero no solo eso, Mariana tenía doble vulnerabilidad al ser una niña con discapacidad.

Actualmente, son 473.652 las personas con discapacidad acreditadas en el Registro Nacional de Discapacidades del MSP y 211.608 son mujeres, lo que equivale al 44,6%. En el informe Cuerpos que sí importan. Estudio de casos sobre violencia basada en género (VBG) en niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad. Derribando Mitos: La Práctica del Incesto, desarrollado por el Consejo Nacional para la Igualdad de Género (CNIG) y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA). Para este informe la psicóloga clínica María Fernanda Porras, visitó cuatro provincias: Esmeraldas, Pichincha, Manabí y Sucumbíos y logró visibilizar ocho casos de incesto contra niñas y adolescentes con discapacidad intelectual.

Luego del análisis de más de 20 entrevistas a profundidad, el estudio establece que el 50% de agresores son padrastros, mientras que el 25% son hermanos y el otro 25% son tíos y abuelos.  Es decir, que la gran mayoría de las agresiones sexuales contra niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad son incestuosas, es decir suceden en el propio entorno familiar.

En el Código Orgánico Integral Penal (COIP) el incesto no está tipificado, sin embargo, es procesado como un agravante en las infracciones contra la integridad sexual y reproductiva, la integridad y la libertad personal, contemplado en el artículo 45, numeral 5: “compartir o ser parte del núcleo familiar de la víctima”, que implica el aumento de un tercio de la pena a la sentencia final de los agresores.

La violencia sexual afecta a mujeres y niñas, de forma que 6 de cada 10 mujeres vivieron algún tipo de violencia física, sexual y psicológica a lo largo de su vida de acuerdo con la Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de Género del INEC.

En el caso de las mujeres y niñas con discapacidad esta violencia es aún mayor. En 2017, UNFPA Y CNIG presentaron la investigación Embarazo en mujeres adolescentes con discapacidad, su vinculación con la violencia basada en género y los desafíos en el cuidado humano donde se establece que en Ecuador el 19% de población femenina tiene discapacidad y son ellas quienes tienen 10 veces más probabilidades de experimentar violencia sexual. El informe indica, además, que el 3% de mujeres con discapacidad tuvo su primer hijo entre los 10 y 14 años, “lo que evidencia una relación directa con situaciones de violencia sexual”, mientras que el 43% de mujeres con discapacidad tuvo su primer hijo entre los 15 y 19 años, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda de 2010.

Aquellos datos reposan también en la Guía sobre derechos sexuales, reproductivos y vida libre de violencia para personas con discapacidad, realizada por el Consejo Nacional de Igualdad para Discapacidades (Conadis) y UNFPA en 2019. Allí, además, hay una conclusión: entre el 40% y el 68% de las mujeres jóvenes con discapacidad y entre el 16% y el 30% de los hombres jóvenes con discapacidad, sufrirán violencia sexual antes de cumplir 18 años.

La violencia sexual ejercida sobre los cuerpos de mujeres, niñas y adolescentes con discapacidad es sistemática y la Guía reafirma que “las mujeres con discapacidad en instituciones son más propensas a sufrir abortos y esterilizaciones forzadas, infecciones de transmisión sexual y violencia sexual, emocional y física”. Pero, además, el estudio de María Fernanda Porras visibiliza la falta de respuesta efectiva para las mujeres con discapacidad sobrevivientes que intentan acceder al aborto terapeútico legal en Ecuador.

La psicóloga visibiliza en el informe que el Estado a través de sus Sistema de Salud y Administración de Justicia no garantiza el derecho de acceder a un aborto seguro y esta barrera “atenta contra su salud integral, especialmente la salud física y mental y las pone en una situación de extrema vulnerabilidad.”.

Los efectos para la vida de las niñas y adolescentes con discapacidad que han sido víctimas de violencia sexual son crueles y se sienten con mayor énfasis en las voces de niñas y adolescentes con discapacidad, sobrevivientes de violencia sexual, forzadas a ser madres.

Es el caso de Mary* una adolescente de 14 años, con discapacidad intelectual, que se convirtió en madre producto de violencia sexual cometida por su hermano mayor. Mary, luego de convertirse en madre –a la fuerza– tuvo que dejar sus estudios y enfrentar una realidad que de por sí ya era precaria y con el nacimiento de su hijo se intensificó. Porras recuerda que el hijo de Mary no usaba pañales y que ella le decía:

—Nosotros no tenemos para comprar pañales, entonces yo le pongo una ropita y cuando ya se ensucia le cambio, porque no tengo para comprar pañales. Yo lo que quiero es volver a la escuela.

La discapacidad de Mary la hizo doblemente vulnerable a la violencia sexual. María Fernanda explica que la violencia contra las niñas con discapacidad, la mayoría de veces, solo se puede identificar cuando se produce un embarazo muy avanzado “porque antes no pueden decirlo, porque no les creen o porque, tal vez, si lo dicen nadie les preste atención”.

Aquel historial de violencia suele ser un patrón repetitivo que afecta a las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad. Mary y su madre son prueba de ello, pues ambas tenían un grado de discapacidad y fueron agredidas sexualmente por hombres de su entorno.

En cambio, en otras ocasiones, la violencia contra niñas con discapacidad es tan silenciosa que existe la dificultad de identificar al agresor y eso dificulta más el acceso a la justicia. En muchos casos ante el desconocimiento del autor o autores del delito de violación, el sistema de salud pública suele justificar la falta de acceso a un aborto por las causales legales, por lo que las niñas y adolescentes agredidas sexualmente se ven en la obligación de llevar adelante el embarazo. Según Porras, “el proceso demora tanto, que hasta que llega la sentencia y la orden, para que esa niña pueda acceder a un aborto terapéutico, ya parió, ya tiene el hijo o ya está casi a punto de parir”.

Es una de las falencias estructurales, que, además, se profundiza cuando el personal médico se niega a realizar abortos terapéuticos, incluso bajo las causales permitidas y legales en el país. Las consecuencias son desoladoras: niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad sean obligadas a parir y otras más, a llevar una maternidad forzada y sin las condiciones mínimas para esa maternidad.

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Mujeres con discapacidad y su derecho a decidir

La decisión de maternar o no atraviesa la vida de todas las mujeres, niñas, adolescentes y personas con capacidad de gestar. Y si bien para muchas mujeres y personas gestantes tomar esa decisión ya implica una dificultad en la gestión de su salud sexual y reproductiva, en el caso de las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad se les arrebata toda decisión sobre sus cuerpos y sus vidas.

No se pueden escribir leyes sin sus protagonistas. Hay que escucharlas, visibilizar sus voces y exigencias. Durante una hora y media, conversamos con cuatro mujeres con discapacidad que luchan por sus derechos a diario. A través de la pantalla, conocimos a Andrea Mosquera, una mujer con parálisis cerebral; a Ana Sánchez, una mujer sorda;  y a Karina Marín, madre un adolescente con discapacidad; las tres compañeras de la Red de Mujeres con Discapacidad (RMD), junto con Fernanda Bossano, quien fue la intérprete de Ana.

Karina Marín, investigadora, académica, madre de un adolescente con discapacidad, docente y parte de la Red de Mujeres con Discapacidad (RMD), asegura que todavía hay una visión sobre las personas con discapacidad como “sujetos de tutela y no sujetos de derechos”, con lo que se les niega su “capacidad jurídica”, es decir, se les restringe el derecho de actuar jurídicamente sobre decisiones trascendentales para sus vidas, delegando estas a sus tutores o al propio Estado.

El informe de Naciones Unidas sobre el derecho a la salud de personas con discapacidad de 2018, especialistas establecen que una de las principales barreras en el acceso a servicios sanitarios para personas con discapacidad, surgen de los juicios erróneos que el personal de salud tiene. Un ejemplo de esto es pensar que las mujeres jóvenes y adultas con discapacidad no pueden ni deben disfrutar de su sexualidad y que tampoco deben ser madres, limitando de esta manera el acceso a información adecuada.

En el mismo informe se señala que las mujeres con discapacidad no suelen acceder a servicios de salud sexual y reproductiva óptimos, además de que con frecuencia son sometidas a abusos sexuales, reciben anticoncepción no solicitada, se les practica esterilizaciones forzadas y se les somete a abortos sin su consentimiento.

En 2014, Ecuador recibió observaciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sobre la necesidad de reemplazar el modelo de tutela y curatela, por uno de toma de decisiones con apoyo. Otra de las preocupaciones expresadas por el Comité, fue el hecho de que terceras personas decidan sobre los cuerpos de las mujeres con discapacidad, en la práctica de abortos y otros procedimientos sin su consentimiento.

Ivonne Alvarado, presidenta de la Asociación de Padres de personas con Trastorno del Espectro Autista (APADA) asegura que como padres de familia es importante informarse sobre los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad. Alvarado narra que, durante talleres y encuentros con padres y madres de familia, suelen preguntar por métodos que retrasen o eliminen por completo el deseo sexual asociado con ciertas discapacidades, tales como la castración química; pero es allí donde se habla del derecho de esta población a disfrutar de una sexualidad plena. Sin embargo, prácticas como las esterilizaciones ocurren.

La doctora Rosa Cevallos, por su parte, relató que padres y madres de personas con discapacidad optan por métodos definitivos de anticoncepción para evitar embarazos, sin embargo, también asegura que estos procedimientos no se realizan sin el consentimiento de las y los jóvenes –en la medida de las posibilidades que existen de entablar una conversación– y con la autorización de sus representantes.

Para el gineco-obstetra Vicente Yuen Chon Monroy depende también del abordaje que se haga y del desenvolvimiento de la persona con discapacidad. Él narra el caso de una joven estudiante universitaria que vivía con discapacidad y quedó embarazada, la madre de la joven pedía la esterilización para evitar que vuelva tener un embarazo, pero ella no deseaba hacerlo, y como médicos, se acogieron a la decisión de la joven. Vicente narró, además, el caso de una mujer sorda, madre de un hijo, con una relación de pareja inestable, quién por el contrario aceptó este método permanente.

Andrea Mosquera, tecnóloga en cine y actuación que vive con parálisis cerebral y también forma parte de Red de Mujeres con Discapacidad, insiste en la necesidad de que sean ellas mismas las que tomen decisiones sobre su sexualidad. Andrea tiene 31 años y no sabe si desea ser madre “apenas puedo conmigo y con mis movimientos involuntarios que hacen que, por ejemplo, yo no pueda marcar a un bebé” dice.

 Sin embargo, Andrea cuestiona que se las siga considerando incapaces. Ella recuerda a una amiga suya, con la misma discapacidad, que vive en Esmeraldas, a quien le quitaron la custodia de su bebé para entregársela al padre, por considerarla incapaz de cuidarlo. Mientras que otra amiga, que no desea ser madre, es presionada por sus padres para que tenga un hijo, para que, según le dijeron, “este se haga cargo de ella cuando sus padres ya no estén”.

Andrea cuestiona los tabúes de la sociedad respecto a la sexualidad de las personas con discapacidad que no siempre pueden acceder a cuestiones tan básicas como la compra de anticonceptivos en las farmacias.

Ana Sánchez, administradora, mujer sorda e integrante de la RMD, tampoco ha experimentado la maternidad, pero sí conoció la experiencia de amigas que decidieron ser madres, pero que son abandonadas por procrear hijos con discapacidad, o cuando sus propias discapacidades se profundizan.

Ivonne Alvarado asegura que esta situación es igual para mujeres con discapacidades no tan visibles como el autismo, “hay mucho estigma de que no lo van a poder hacer de la misma forma que cualquier otra mujer, como que les niegan ese tipo de posibilidades”. Por este motivo algunas mujeres ocultan su condición para evitar ser separadas de sus hijas e hijos, pero también les impide acceder a tratamientos y la atención médica especializada.

Para Ana, otro punto importante es el acceso a servicios de salud que, en el caso de mujeres sordas como ella, requieren una intérprete para acceder a servicios de salud, por lo que un elemento mínimo sería contar con intérpretes y personal capacitado en los centros de salud. Este mismo problema se presenta cuando se trata de denunciar violencia, en particular la violencia sexual, los espacios para las denuncias tampoco cuentan con intérpretes, o en su defecto, son hombres, lo que dificulta a una mujer narrar su experiencia, denunciarla y obtener justicia.

Karina Marín reitera que existe un prejuicio sobre las personas con discapacidad, al considerarlas “sujetos de cuidado”, que parte de una “mirada médica” sobre la cual se construye el modelo social. De este modo, las personas con discapacidad “son vistas como personas que no podrían ejercer la maternidad o la paternidad, porque no podrían cuidar de otros, pero en la vida real eso no pasa, muchas personas con discapacidad cuidan, por ejemplo, a sus padres o a sus madres, a otros hermanos” asegura Marín.

Andrea, Karina y Ana coinciden también en la necesidad de que la sociedad se quite los prejuicios sobre las personas con discapacidad y que se brinden herramientas de autonomía para garantizar sus derechos y la toma de decisiones.

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‘No somos porcentajes, somos sujetas de derechos’

La creación e impulso de políticas públicas que deben garantizar los derechos de las personas con discapacidad en el país –exigen activistas y defensores de Derechos Humanos– debe estar sujeto a un lineamiento fijado desde mayo del 2008 por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas (ONU).

El lineamiento de la ONU indica que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con discapacidad y las “barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. La ONU, además, fija el reconocimiento de “su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones”.

Para Karina Marín, en el país se continúa replicando un modelo asistencialista que no reconoce la dignidad de las personas con discapacidad, a pesar de que Ecuador es signatario de la Convención desde el 30 de marzo de 2007.

Karina y sus compañeras defienden el Modelo Social de la Discapacidad que fija una perspectiva desde los Derechos Humanos y que las mira como lo que son: sujetas de derechos; no sujetas de asistencia, no cuerpos asexuados, no personas infantilizadas.Pero en Ecuador, dicen, esto aún es lejano; se sigue dando continuidad a perspectivas asistencialistas que se ven reflejadas en la legislación.

Uno de los ejemplos es el Código Penal, que en el artículo 150, referente a los abortos no punibles, en el numeral 2 se hablaba de mujeres “idiotas o dementes” para nombrar a las mujeres con discapacidad. Luego, durante el debate, en el 2013, se modificó aquella frase por “discapacidad mental”, una clasificación que no ha sido reconocida por organismos internacionales que, en cambio, hablan de discapacidades psicosociales e intelectuales. Para Karina, aquella reforma solo logró profundizar la discriminación y la ambigüedad para las mujeres con discapacidad.

La crítica de Karina también se dirige a la toma de decisiones para solicitar el aborto terapeútico por las mujeres con discapacidad. En el caso de las mujeres con “discapacidad mental”, dice Karina, “la ley estaba hecha de tal forma para que terceras personas decidan sobre el cuerpo de esa mujer, niña o adolescente violentada y puede suceder que esa tercera persona sea el mismo agresor”. Si bien Karina expresa este temor, el aborto forzado es un delito tipificado como aborto no consentido en el artículo 148 del COIP: “La persona que haga abortar a una mujer que no ha consentido en ello, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”.

La crítica de las mujeres con discapacidad tiene dos argumentos. Por un lado que la ley solo se refería a mujeres con “discapacidad mental”, cuando niñas y mujeres con otras discapacidades también enfrentan la violencia sexual y embarazos forzados. Por otro lado que la normativa secundaria —según Karina Marín— sigue replicando el modelo médico y que mantiene una visión de la discapacidad como el déficit de la salud, que aún mira a aquellos cuerpos como seres patologizados.

Ana y Andrea han enfrentado la discriminación y la falta de acceso a sus derechos sexuales y reproductivos, a la anticoncepción, a la prevención y al aborto terapeútico. Andrea contó que intentaron esterilizarla para “prevenir” y que “no se reproduzca”. Y coinciden en que el trasfondo del numeral 2 del artículo 150 cuando se debatió la reforma al texto penal durante el 2013 que cambió la frase “mujer demente o idiota”, por “discapacidad mental” era un enfoque eugenésico. Ellas, además, crítican que las normativas rijan con base a un grado porcentual, establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades (LOD), y que se replica en el aceso al aborto terapeútico. En la Guía Práctica de Acceso al Aborto Terapéutico se determina que la práctica del procedimiento puede realizarse si aquella mujer, niña y adolescente tiene más del 40% de “discapacidad mental”, en concordancia con la LOD.

Para Andrea, la ley revictimiza y discrimina. “Me siento ofendida, me hacen sentir como si no fuese humana. Nosotras no somos porcentajes, somos sujetas de derechos y no estamos de acuerdo con que ese porcentaje esté en nuestro carné del Consejo Nacional para la Igualdad de las Discapacidades. No debería existir, lo que sí debería existir es la palabra ‘discapacidad’ en la cédula”, asegura.

Karina asiente, hace memoria y explica lo que, para ella, fue un impulso discriminatorio claro de la reforma que, en lugar de tener un objetivo de garantizar y proteger la vida de las mujeres con “discapacidad mental”, las estigmatizó aún más. Para ella, tiene una historia de control de los cuerpos de las mujeres “No es casual que en el siglo XIX el concepto de minusvalía, que es el precedente de la discapacidad, se cree en el mismo momento en el que se crea el concepto de homosexualidad”.

Karina cuestiona la mirada eugénesica bajo la cual se desarrolló aquel discurso discriminatorio que observa a los cuerpos de las personas con discapacidad como improductivos, pero además, dice “son los cuerpos que no deberían reproducirse porque lo que menos quiere la sociedad, lo que menos quieren los Estados que están esperando ‘progresar’, son sujetos que siguen perpetuando circunstancias como la de la discapacidad mental. Es ese el miedo al que se herede el mal materno, que sea congénito”. Karina es clara: es la continuidad de una “política de gestión de la vida y de los cuerpos”. 

Mujeres como Andrea, Ana y Karina luchan para que la capacidad jurídica –aptitud para ejercer por sí mismas sus derechos y asumir obiligaciones sin la intervención de otros– de las personas con discapacidad sea reconocida. Para ellas es urgente, porque no se sienten seguras con las leyes. Para Andrea, por ejemplo, aquellas esterilizaciones forzadas “son graves porque quiere decir que un episodio de violación podría repetirse sin consecuencias. No nos escuchan”.

Ana, en cambio, siempre pensó que el artículo 150 debía cambiarse: “Pareciera que es fácil violarnos, al fin y al cabo, ‘como somos personas con discapacidad’. Yo sí siento que debería modificarse porque no está claro”, cuestionó, un mes antes de que la Marea Verde hiciera historia y la Corte Constitucional ampliara la causal legal del aborto por violación para todas las mujeres sin discriminación.

Karina es firme y plantea la aplicación de modelos de comunicación para informar debidamente sobre sus diagnósticos a las mujeres con discapacidad, para que ellas decidan y accedan a sus derechos en el sistema de salud de forma digna y justa.

–Nos han dicho, por ejemplo, ‘¿cómo una mujer con Síndrome de Down va a tomar decisiones?’ ‘¿cómo una mujer con parálisis cerebral puede decidir?’ Por supuesto que hay mecanismos de comunicación para las personas con discapacidad que pueden ser aplicadas. No solo se puede, se tiene que hacer porque hay que buscar su consentimiento, es su derecho ­­–increpa Karina.

Pero el Estado, sin embargo, continúa fallando. En octubre de 2019, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, nuevamente y al igual que en el 2014, presentó observaciones a los informes dos y tres emitidos por Ecuador durante ese año. En el documento, los expertos socializan 65 preocupaciones y recomendaciones debido al incumplimiento de la Convención por los Derechos de las Personas con Discapacidad y escriben: “El Comité observa con preocupación que no se ha llevado a cabo la armonización de la legislación, las políticas, manuales y guías del Estado parte con el modelo de derechos humanos de la Convención”.

El Comité, además, mira con desazón la ausencia de un enfoque de derechos de personas con discapacidad en la legislación ecuatoriana y recomienda al Estado que reforme la Ley Orgánica de Salud “para que se prohíba expresamente la esterilización forzada y la interrupción del embarazo sin consentimiento”.

Asimismo, muestra su preocupación y cuestiona que no se contemplen explícitamente los derechos de las personas con discapacidad psicosocial e intelectual para que “de manera autónoma, bajo la figura del consentimiento informado y con apoyo a las decisiones en su capacidad legal, soliciten o rechacen tratamientos de cualquier tipo, incluidas las decisiones sobre salud sexual y reproductiva”, según consta en el literal b de la observación 33.

Frente a los vacíos estructurales en las políticas nacionales en materia de derechos de las personas con discapacidad, los especialistas recomendaron a Ecuador garantizar su integridad y autonomía sobre la base de un consentimiento libre e informado y con apoyo en la toma de decisiones para solicitar o rechazar tratamientos en todos los procedimientos que les incumba”, así como el desarrollo de un mecanismo para “la detección, investigación, seguimiento y reparación integral de casos que, a pesar de la prohibición explícita, se sigan presentando”.

Para Karina, el Estado aún no cumple y continúa replicando un modelo discriminatorio. Entonces, hay que organizarse, idear acciones, potenciar la lucha para forjar el camino hacia el acceso a sus derechos y los de las niñas, adolescentes y mujeres, independientemente de si tienen o no discapacidad.

La Red de Mujeres con Discapacidad fue una de las organizaciones que presentó tres amicus curie, acompañando tres de las siete demandas presentadas por organizaciones de mujeres y colectivas feministas ante la Corte Constitucional que, el 28 de abril de 2021, dio paso a la ampliación de la causal de aborto por violación a todas las mujeres, niñas y adolescentes y no solo a las mujeres con “discapacidad mental”.

Parte del contenido del amicus curie presentado por la Red de Mujeres con Discapacidad expone la importancia de realizar un debate en torno al aborto “que tome en cuenta de manera profunda e interseccional la visión de derechos humanos de la discapacidad”, puesto que “todas las niñas y mujeres, independientemente de si llevamos o no en nuestro cuerpo la marca histórica de la discapacidad, tenemos derecho a interrumpir un embarazo, sobre todo en casos de violación” y hace énfasis en que las diferenciaciones de la ley constituyen actos discriminatorios que ponen en riesgo las vidas de niñas y mujeres con y sin discapacidad.

Por ello solicitaron a la Corte Constitucional dar paso a la despenalización del aborto en casos de violación y que se repare de manera integral a niñas, adolescentes y mujeres con y sin discapacidad.

Además las mujeres con discapacidad organizadas y activas piden que se les garantice el derecho a la información y que esta sea accesible para todas las niñas, adolescentes y mujeres, especialmente para aquellas que tienen discapacidad: atención e información en Lengua de Señas Ecuatoriana, en sistema Braille y audiodescripciones detalladas, en sistema de fácil lectura y con pictogramas. Todo esto durante todas las etapas de la atención en salud sexual y salud reproductiva, incluidas revisiones ginecológicas, en relación al aborto y la esterilización, así como la planificación familiar y los métodos anticonceptivos.

La Red de Mujeres con Discapacidad ha sido enfática al exponer que tanto el aborto como la maternidad deben ser elecciones voluntarias y en el caso de las mujeres con discapacidad deben ser consultadas respetando su derecho y su voluntad; y garantizando que estas sean decisiones informadas y acompañadas, para garantizar vidas y saludes plenas para ellas y para sus hijas e hijos.

 

 

Mira el especial:

La salud en plural:  maternar, abortar, decidir