Sr. Candidato: No es la escopolamina

 

 

Por redaccion @wambraec

 

El candidato, Giovanny Andrade del Movimiento Ecuatoriano Unido Lista 19, aseguró en una entrevista para un medio digital, que le pusieron escopolamina en el café que tomó durante el Debate Presidencial organizado por el Consejo Nacional Electoral, (CNE), el 17 de enero. Según el candidato, el efecto de la droga causó que perdiera el contexto de las preguntas que le realizaron.

Las preguntas fueron elaboradas por un Comité que se encargó de realizarlas y fueron elegidas al azar, con un sobre sellado. Una de las preguntas que le realizaro al candidato Andrade fue:  

“2 mil niñas y 65 mil adolescentes dan a luz cada año en el Ecuador, el país tiene incluso pendientes por resolver demandas internacionales para resolver la reparación integral de niña y mujeres violadas y embarazadas. ¿Cuál es su propuesta de política pública en derechos sexuales y reproductivos y cuánto presupuesto será destinado a su cumplimiento?

 

Ante lo cual, el candidato contestó:

“El Ecuador respeta la vida. El Ecuador sobre todas las cosas respeta los derechos que tenemos cada uno de los seres, necesitamos mirar un cambio completo desde las familias, pero más que todo debemos ver como está cada familia regularizada, guiada, mirada, desde el estado ecuatoriano. Debemos ver esos niños por qué razón tienen relaciones sexuales tan tempranas. Debemos ver los niños por que salen de su casa, y tienen que cuidarse de los violadores. Debemos ver de los niños en que están encaminados por dónde están, debemos ver que los derechos son de todos y tenemos que precautelar sobre todo la niñez”.

¿Pero fue realmente la escopolamina y sus efectos, lo que hicieron que el candidato no logre proponer una política pública en derechos sexuales, y más bien, culpabilice a las niñas en casos de abuso sexual en su contra? ¿Lo señalado por el candidato se apega a las leyes?

 

El candidato debe recordar que:

No se puede hablar de regularizar a las familias, pues ningún tipo de familia está al margen de la ley, ninguna está en situación de ilegalidad. La Constitución del Ecuador, en su artículo 67, reconoce diversos tipos de familia.

“Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes”.

Las relaciones sexuales en niñxs no son consentidas y se realizan en contextos de violencia. El Código Penal, en su artículo 171, señala que: “Todo acceso carnal con penetración a una menor de catorce años es violación”.

La responsabilidad de la prevención de la violencia sexual infantil debe estar en manos del Estado y no de las víctimas. No se puede cargar sobre las niñas, la responsabilidad de su propio cuidado, eso es re victimizante.