Por : Ana Acosta @yakuana

María, aunque podría llamarse Marta, Amparo, Gabriela, Andrea, Mercedes el nombre que quieras usar, por que podrías haber sido tú, tu hija, o tu mamá quien cuente esta historia. En esta ocasión es María, una mujer afro ecuatoriana de 20 años, cuya madre tiene discapacidad mental y su hijo también. María cuenta, delante de un juez que la interroga, que salió de su trabajo, resbaló y cayó; fue al baño, pensaba que iba a salirle orina, pero era sangre, compró una toalla sanitaria porque pensó que le llegó la menstruación. Fue al hospital porque le dolía; un doctor le atendió, le hicieron un eco, le dijeron que iban a hacerle una limpieza. Nunca le dijeron que estaba embarazada. Luego, llegó la Policía, la llevaron presa por “aborto consentido”. Después de estar cuatro meses presa, fue declarada inocente.

Como María hay 106 mujeres judicializadas por aborto en Ecuador, según la Fiscalía General, desde agosto del 2014 hasta febrero del 2015. Mujeres que llegaron a hospitales en busca de atención porque se sentían mal, porque les dolía, porque estaba en riesgo su vida y en vez de ser atendidas fueron acusadas de un delito. Muchas de ellas estuvieron en la cárcel, a varias les formularon cargos en su ausencia, ya que estaban en el hospital. Eso no importó, la justicia las siguió criminalizando.

Esto tiene un nombre: tortura. Así lo dice un Informe del Relator Especial sobre la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en 2013. El informe, en palabras sencillas, dice que denunciar y judicializar a mujeres en situación de emergencia obstétrica o restringir el acceso a cuidados post abortos por temor a sanciones penales, en vez de antenderlas y salvar sus vidas, es una forma de tortura. De esta tortura contra las mujeres es responsable el Estado ecuatoriano, a través del sistema de Salud Pública, a donde asisten las mujeres más empobrecidas y vulnerables.

La Fundación Surkuna, en un informe sobre la criminalización y judicialización de mujeres en Ecuador, analizó siete casos de judicialización de mujeres por abortos. Según el informe, la gran mayoría son mujeres empobrecidas, que apenas terminaron la primaria; son mujeres negras, mulatas, indígenas, mestizas. En este informe se encuentra el testimonio de María, así como el de otras mujeres que tuvieron que vivir está situación. Varias querían un aborto y lo hicieron en condiciones precarias y de riesgo, y otras tuvieron complicaciones en el embarazo, que les provocaron abortos espontáneos. Todas judicializadas, todas criminalizadas.

Pero no solo la criminalización y la tortura a mujeres es el tema que preocupa a organismos internacionales de derechos humanos y organizaciones de mujeres, el mayor problema es la muerte de mujeres. Según datos del Instituto de Estadísticas y Censos, INEC 2013, en el Ecuador, el 15,6% de las muertes maternas están relacionadas a interrupciones del embarazo realizadas en condiciones inseguras, siendo esta la quinta causa de muerte materna. Es decir el aborto es un problema de salud pública y un tema de derechos humanos.

 

Un memorandum para salvar vidas

Frente a este problema que afecta a las mujeres más vulnerables y empobrecidas, el Estado ecuatoriano hizo algo que puede ayudar a salvar la vida de las mujeres y motivar una atención de salud integral, sin victimización y sometimiento a tratos crueles e inhumanos. Es así que el 4 de agosto el Ministerio de Salud envió un memorándum a todas las Coordinaciones Zonales y Subsecretarías de Salud con un asunto: “Disposición frente a la garantía de una atención integral a mujeres en situación de pérdida gestacional y sus complicaciones”

El memorándum de apenas cuatro páginas dice: “en referencia a los casos sucedidos de notificación y denuncia en contra de mujeres que cursan una pérdida gestacional y complicaciones derivadas de la misma dentro de los establecimientos de salud de la Red Pública Integral de Salud, a menester aclarar que los profesionales de salud estamos obligados a precautelar la confidencialidad de la atención de los pacientes a través del secreto profesional”

Es decir que las y los servidores de salud deben brindar una atención de salud oportuna, priorizar el salvar la vida de la mujer y no denunciarla, ya que esto es una forma de romper el secreto profesional. El secreto profesional es la obligación ética, bioética y legal de guardar confidencialidad y proteger la información personal y privada de las pacientes. Lo que sí deben denunciar los profesionales de la salud, es cuando la paciente a la que haya atendido haya sido víctima de un delito, y requiera protección para evitar la repetición del mismo y resguardar sus derechos, por ejemplo en los casos de violencia y violencia sexual, tal como lo dispone el Art.276 del COIP.

En el memorándum del Ministerio de Salud se dispone además que todos los servicios de salud garantizarán a las mujeres en situación potencial de interrupción del embarazo y sus posibles complicaciones “un proceso de atención integral, ágil, oportuno y de calidad en cumplimiento a la normativa vigente y en el marco de los derechos humanos”. Además se dispone algo necesario, que en la etapa posterior a la interrupción del embarazo, las mujeres recibirán asesoría en planificación familiar y anticoncepción con información clara, veraz, oportuna y basada en la evidencia científica.

De esta forma este memorándum busca tres cosas principales: salvar la vida de las mujeres; promover una atención integral en salud sexual y reproductiva; y respaldar a las y los servidores de salud a cumplir con su labor, que es salvar vidas y garantizar la salud integral de todas las personas, en este caso de las mujeres. Algo que debe ser aplaudido de pie.

 

Aclarando

– El aborto es legal en Ecuador con dos causales: 1. Cuando se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios 2. Cuando el embarazo es resultado de una violación a una mujer con discapacidad mental (Art150 Código Integral Penal, COIP)

– El 15,6% de las muertes maternas están relacionados a interrupciones del embarazo en condiciones inseguras. Ocupando el quinto lugar de las casusas de muerte materna Ecuador, según el INEC 2013 (citado por el Ministerio de Salud)

– El Ministerio de Salud emitió un comunicado aclarando el alcance del memorandum, donde aclara que su alcance no es de cambiar o modificar la ley penal, sino brindar atención oportuna a las mujeres  «brindar la atención médica necesaria en los establecimientos a los casos de interrupción del embarazo y sus complicaciones, siempre en sujeción a la legislación vigente y además considerando los procedimientos establecidos en las guías de práctica clínica del Ministerio de Salud Pública» Ver comunicado