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Veto a la Ley de Aborto por violación regresa a la Asamblea después de decisión de la Corte

Por: Mishell Mantuano @MishellMantuan2

 

Publicado 12 de abril del 2022

 

 

Ocho jueces de los nueve que conforman la Corte Constitucional del Ecuador resolvieron que no procede la consulta de inconstitucionalidad que pidió la Asamblea Nacional respecto del veto presidencial al proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Casos de Violación. El veto regresa al Legislativo que deberá decidir si se allana o no, al texto propuesto por el Ejecutivo.

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El pasado 05 de abril de 2022, la Asamblea Nacional instaló la sesión 771 y trató el Informe no Vinculante a la Objeción Parcial presentada por el Presidente Guillermo Lasso al proyecto de Aborto por Violación, aprobado por el legislativo el 17 de febrero de 2022.

Durante la sesión, Johanna Moreira, asambleísta de Izquierda Democrática, pidió que se envié el informe no vinculante a la Corte Constitucional para que se evalué el veto presentando por el Ejecutivo, pues mencionó que “el veto parcial es inconstitucional, y de acuerdo a la normativa legal, se deberá enviar a la Corte Constitucional, el documento del proyecto de Ley, la objeción presidencial y un escrito donde se expongan las razones de la objeción a la Ley para que el respetivo análisis”.

Ante esto, Johanna Romero, abogada constitucionalista, mencionó que la Corte evaluaría si era pertinente o no, la revisión de la objeción parcial a la Ley, presentada por Lasso.

El 07 de abril de 2022, Karla Andrade, jueza constitucional, le pidió al presidente Guillermo Lasso determinar y especificar si el veto remitido a la Asamblea Nacional es por inconstitucionalidad, según lo dispuesto en el articulo 139 de la Constitución, el cual menciona que:

“Si la objeción de la Presidenta o Presidente de la República se fundamenta en la inconstitucionalidad total o parcial del proyecto, requerirá dictamen de la Corte Constitucional, que lo emitirá dentro del plazo de treinta días. Si el dictamen confirmara la inconstitucionalidad total del proyecto, éste será archivado, y si esta fuera parcial, la Asamblea Nacional realizará las enmiendas necesarias para que el proyecto pase a la sanción de la Presidenta o Presidente de la República. Si la Corte Constitucional dictamina que no hay inconstitucionalidad, la Asamblea Nacional lo promulgará y ordenará su publicación”

La jueza dispuso un plazo de 24 horas para que el Ejecutivo responda si el veto planteado era o no inconstitucional. Es así como el 08 de abril de 2021, Fabian Pozo Neira, Secretario General de la Presidencia, respondió al pedido de la jueza Andrade y mencionó que el veto presentado por el Ejecuto no es por inconstitucionalidad, sino que se trataba de un veto parcial porque solo se objetaron 61 de 63 artículos a la Ley.

Para el 12 de abril de 2022, la Corte Constitucional con ocho votos a favor rechazó por improcedente la solicitud de la Asamblea Nacional, de conocer la objeción parcial realizada por el presidente de la República.

 

¿Qué procede ahora?

Johanna Romero, abogada constitucionalista, explicó que después del rechazo de la Corte, el veto presentado por Guillermo Lasso vuelve a la Asamblea Nacional y allí “deben resolver si aceptan o rechazan”. Para rechazar el texto del Ejecutivo, “se necesita una mayoría agravada que son 92 votos para rechazar el veto. Algo muy complicado en el contexto”, explica Romero.

“Si la Asamblea no debate en el plazo que tiene, el veto pasaría por el Ministerio de la Ley”, señaló Johana Romero. Este plazo vence el próximo 15 de abril. Según la abogada, el escenario “más probable es que entre en vigencia una nueva ley, y digo nueva porque es prácticamente una ley con una concepción totalmente distinta a la aprobada por la Asamblea”.

Romero señaló que la Corte además de rechazar el pedido de la Asamblea también rechazó la Acción de Incumplimiento a la sentencia que presentaron organizaciones de mujeres y feministas el pasado 30 de marzo de 2022, porque la ley todavía no estaba aprobada.

Sin embargo, menciona que cuando la ley modificada por Lasso entre en vigencia, “lo que se tiene previsto es presentar una demanda de inconstitucionalidad a la Ley. Porque la Corte no se pronunció sobre el fondo sino sobre el procedimiento que correspondía”, indicó Romero.

Mientras tanto, la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, ya convocó al Pleno para reinstalar la sesión 771, este jueves 14 de abril de 2022 a las 18:00pm. En la sesión se tratará el Informe no vinculante a la Objeción Parcial del Presidente Guillermo Lasso a la Ley Orgánica que garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Casos de Violación.