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Destitución de consejeros del CPCCS: ¿Qué pasará con este organismo? 

 

Por: Mishell Mantuano @MishellMantuan2

Publicado el 24 de enero de 2023

 

La Corte Constitucional, el 23 de enero, destituyó a las 7 personas que conforman el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, CPCCS: Hernán Ulloa, María Fernanda Rivadeneira, Ibeth Estupiñán, Francisco Bravo, Sofia Almeida, Juan Xavier Dávalos y David Rosero, por el incumplimiento de la selección y designación del titular del Consejo de la Judicatura. 

El próximo 5 de febrero también se elegirán a los nuevos consejeros de este organismo, pero cinco de los actuales consejeros buscan la reelección. 

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Por unanimidad, la Corte Constitucional en su sesión extraordinaria del 23 de enero de 2023, después de un análisis minucioso, declaró el incumplimiento “deliberado y sistemático”  del numeral 4.3 de la Sentencia Constitucional No. 1219-22-EP/22. El 26 de septiembre de 2022, la Corte dictó esta sentencia, en la que le ordenó al CPCCS designar al vocal y presidente del Consejo de la Judicatura, entre una terna de candidatos enviada por la Corte Nacional de Justicia. Dicha terna se formó después que el señor Álvaro Francisco Román Márquez presentará una acción extraordinaria de protección, pues era uno de los aspirantes al cargo. 

Sin embargo, los siete consejeros y consejeras del CPCCS postergaron durante varios meses esta designación. En tal virtud, las siete personas quedaron destituidas.

La Corte dictaminó destituir a Hernán Stalin Ulloa Ordóñez, María Fernanda Rivadeneira Cuzco, Sofía Yvette Almeida Fuentes, Francisco Lorenzo Bravo Macías, Juan Javier Dávalos Benítez, Graciela Ibeth Estupiñán Gómez y David Alejandro Rosero Minda, consejeros y consejeras del CPCCS. También aprobó que el señor Álvaro Francisco Román Márquez asuma de forma temporal la presidencia del Consejo de la Judicatura, ocupado hasta el momento por Fausto Murillo.

En rueda de prensa, Murillo aseguró que volverá a ocupar la vocalía del Consejo de la Judicatura y le ofreció todo su apoyo al nuevo titular de la institución. También recordó que está pendiente el concurso para la designación de jueces de la Corte Nacional de Justicia; así como el proceso de modernización del sistema de justicia. 

Esta resolución de la Corte estará vigente hasta que se nombre a uno de los candidatos o candidatas de la cuarta terna presentada para presidente del Consejo de la Judicatura. La decisión de la Corte en relación a la destitución de las y los consejeros del CPCCS es definitiva, ya que, como lo dice el artículo 440 de la Constitución, las sentencias y los autos de la Corte Constitucional tendrán el carácter de definitivos e inapelables. 

Por su parte, el ex presidente del Consejo de Participación, Hernán Ulloa, dijo que esperaba más coherencia en torno a lo actuado por la Corte Constitucional, ya que, a lo largo de sus sentencias ha buscado fortalecer la institucionalidad y no perjudicarla. “La Corte no ha sido de la posición radical de destituir a servidores públicos, siempre ha hecho seguimiento de las sentencias, modulaciones para que sean comprendidas, acatadas por los servidores públicos, con el fin de evitar la medida más radical que es la destitución”. 

Ulloa le recordó a la Corte Constitucional que la Asamblea no ha cumplido con la aprobación de una ley referente a la consulta previa y prelegislativa y con otras sentencias emitidas por el organismo; por lo que le exhortó a aplicar la misma velocidad, rigurosidad y diligencia para los demás procesos de incumplimiento del resto de organismos del estado. 

  

¿Cómo queda el Consejo de Participación?

El presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela, mencionó en declaraciones a medios, que luego de conocer la sentencia de la Corte Constitucional, se analizará la posesión de consejeros suplentes para el CPCCS, mientras se eligen a los nuevos consejeros. 

En las próximas elecciones seccionales del 05 de febrero de 2023, la ciudadanía deberá elegir a los y las nuevas consejeras del CPCCS y cinco de las personas destituidas están para la reelección: María Fernanda Rivadeneira Cuzco, David Alejandro Rosero Minda, Graciela Ibeth Estupiñán Gómez, Juan Javier Dávalos Benítez y Francisco Lorenzo Bravo Macías.

En declaraciones, David Rosero mencionó que seguirá con su campaña en busca de la reelección, pues asegura que en la sentencia de la Corte Constitucional “no se habla de retiro de derechos políticos” para los actuales consejeros del CPCCS. Para Rosero, la falta de designación del presidente de la Judicatura se dio luego de que el gobierno de Guillermo Lasso decidió “tomarse la institución de forma arbitraria en febrero del año anterior, con la Policía Nacional, y la orden directa fue obstaculizar los proceso hasta que se den los resultados de la Consulta Popular ”.   

Mauro Andino Espinoza, docente de la Universidad Politécnica Salesiana, dijo que la Ley Orgánica del Servicio Público es clara en señalar que un servidor público que ha sido destituido no puede ingresar al sector público en un periodo de dos años, sin perjuicio adicional que, una vez pasado los dos años no podrán regresar a la institución de la cual fueron destituidos.

Para Andino, las y los consejeros destituidos que ahora están para la reelección no deberían estar en las papeletas electorales. Sin embargo, al faltar muy poco para las elecciones, señala que las papeletas ya pueden estar impresas y no hay cómo sacar a los candidatos, esto ocasiona “un perjuicio democrático”, debido a que la ciudadanía probablemente votará sin conocer que esos candidatos a los que están eligiendo no podrán posesionar en su cargo, lo que es “terrible en términos democráticos”. 

En caso de que, María Fernanda Rivadeneira Cuzco, David Alejandro Rosero Minda, Graciela Ibeth Estupiñán Gómez, Juan Javier Dávalos Benítez y Francisco Lorenzo Bravo Macías obtengan gran aceptación ciudadana no podrán asumir su cargo y en su lugar deberán subir las siguientes personas mayor votadas, según Andino. 

Hasta que las elecciones se lleven a cabo y se puedan posesionar a los nuevos consejeros y consejeras del CPCCS, la Asamblea Nacional deberá posesionar a las 7 personas mayor votadas en las elecciones del 2019, seguidas de las siete ya destituidas.