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Corte IDH emitirá hasta fin de año sentencia en caso Tagaeri y Taromenane vs Ecuador

Por: Mishell Mantuano @MishellMantuan2

Publicado 24 de agosto del 2022

 

 

En Brasilia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el 23 de agosto de 2022, desarrolló la audiencia contra el Estado ecuatoriano por vulneraciones hacia los pueblos en aislamiento voluntario, Tagaeri y Taromenane, debido al avance del extractivismo. La demanda fue presentada hace 16 años.

Entre los representantes de la defensa que comparecieron a la defensa estuvieron Leónidas Iza, presidente de la Conaie; los juristas Ramiro Ávila, David Cordero Heredia, Mario Melo y Nathaly Yépez; y, los activistas, Karina Neira y Pedro Bermeo de Yasunidos. Mientras que por parte del Estado ecuatoriano asistieron María Fernanda Álvarez, Carlos Espín y Marcos Burgos como representantes de la Procuraduría General del Estado 

Después de 9 horas de audiencia, el juez Ricardo Pérez de la Corte IDH dio plazo hasta el 26 de septiembre, para que las partes involucradas presenten sus alegatos y observaciones finales de manera escrita. La Corte también evaluará si realizará una visita al Yasuní para evaluar la situación de los pueblos indígenas y colonos que habitan la zona, así como el impacto de la actividad petrolera. 

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Mario Melo, abogado y parte de la Fundación Pachamama, en una entrevista para Wambra, dijo que este proceso legal inició en 2006, después de la masacre de 2003 donde murieron más de 20 personas del pueblo Taromenane. Un grupo de activistas interpuso una acción en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que llevó 16 años de trámite, llegado a su momento culminante, que fue la audiencia del 23 de agosto de 2022, como proceso de juzgamiento al Estado ecuatoriano por la violención a los derechos reconocidos a los pueblos en aislamiento. 

La Fundación Inredh, en 2015, a través de un informe reveló que las masacres en el Yasuní ocurrieron entre los años 2003, 2006 y 2013. En estos hechos,  fallecieron aproximadamente 60 personas, entre niños, niñas y mujeres de los pueblos en aislamiento voluntario, lo que puso en peligro su supervivencia. Tras lo sucedido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, dictó medidas cautelares con el objetivo de que el Estado ecuatoriano “adoptará las medidas efectivas para proteger la vida e integridad personal de los miembros de los pueblos Tagaeri y Taromenane, en especial, las medidas necesarias para proteger el territorio en el que habitan, incluyendo las acciones requeridas para impedir el ingreso a terceros”. Sin embargo, en 2013, los eventos violentos se repitieron como consecuencia de la ampliación de la frontera petrolera.

El abogado Melo dijo que la zona de los pueblos en aislamiento es de gran interés petrolero y que a lo largo de los años, la política pública para ampliar las fronteras extractivas dentro de territorios indígenas, especialmente de los pueblos en aislamiento, ha generado conflictividad y una dinámica de violencia que perjudica a los pueblos del Yasuní perjudicando más a los Waoranis, Tagaeri y Taromenane, “porque son las más vulnerables”. 

Por lo tanto, para Melo, el Estado no puede huir de la responsabilidad que tiene para proteger la “vida, integridad de los pueblos y sus territorios”. Agregó que la situación es crítica  porque cada día hay problemas de sobrevivencia y presiones porque las actividades petroleras se inmiscuyen en los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario, provocando derrames, ruidos, basura que termina en los ríos y contaminando el agua que consumen. 

Frente a esto, “las medidas que ha tomado el Estado son inexistentes, ha preferido apoyar las petroleras antes que los derechos e intereses de las poblaciones que resultan afectadas”.

Audiencia pública: Tagaeri y Taromenane vs Ecuador

El Juez Ricardo C. Pérez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio inicio a la audiencia pública sobre el caso de los pueblos indígenas Tagaeri y Taromenane vs Ecuador, el martes 23 de agosto. El secretario de la Corte, Pablo Saaverdra, dijo que el propósito de la audiencia era escuchar las declaraciones de los testigos y de las “presuntas víctimas”. También se dispuso la comparecencia del Estado ecuatoriano y de una perita propuesta por las representaciones de quienes son las “víctimas”. 

Durante la audiencia pública, se dio paso al testimonio de Conta, una de las niñas que vivía en aislamiento voluntario y es sobreviviente de la matanza del 2013. Ella vía telemática desde su hogar en el Territorio Ancestral Baihuaeri Waorani, contó cómo vivió la reubicación a manos del Estado ecuatoriano y la manera en que fue llevada a la comunidad Waorani donde conoció a Penti, quien ahora tiene su custodia legal. Conta concluyó su participación diciéndole al Gobierno: “deja vivir libre en territorio. No acabe la selva”. 

Penti Baihua del Territorio Ancestral Baihuaeri Waorani, nació cuando la nacionalidad waorani  aún no tenía contacto con el resto del país. “Nací muy libre”, dijo. Penti explicó que cuando Conta dice “deja vivir” se lo dicen al gobierno y a las petroleras. Mientras Penti daba su testimonio, en la audiencia se proyectaron las imágenes de la petrolera “Auca Central”.  Para Penti, el nombre de esta petrolera es una “mala palabra”, pues auca significa salvaje. Además, explicó cómo el territorio Tagaeri fue invadido por la “colonización” y cómo a consecuencia de eso, los Tagaeri tuvieron que moverse hasta el territorio de los Waoranis, porque ya no pudieron ocupar los suyos.

Ante la Corte, también intervino el biólogo y funcionario de la Empresa Nacional de Hidrocarburos, Ricardo Benítez, como testigo del Estado. Benítez fue cuestionado por los impactos ambientales que la actividad petrolera genera  en las zonas sensibles y por los derrames de petróleo en los bloques 31 y 43 dentro del Yasuní. El funcionario negó dichos derrames, sin embargo, la contraparte y la defensa de los pueblos Tagaeri y Taromenane, aseguraron que hasta el momento, se han dado 26 derrames de petróleo en la zona.

 

Alegatos verbales de la defensa de los pueblos en aislamiento

Mario Melo, abogado defensor de los pueblos en aislamiento, dijo que este es el primer caso en que la Corte se va a pronunciar respecto a los pueblos en aislamiento voluntario en la región. La sentencia establecerá estándares que garanticen la vida, la integridad y posibilidades de supervivencia de los pueblos en aislamiento que son importantes en muchas partes del mundo. 

Al discurso del abogado Melo, se sumó el del abogado David Cordero, quien explicó cómo se han llevado los procesos legales tras las masacres a los pueblos en aislamiento voluntario en el 2003, 2006 y 2013. Además, habló de la tala ilegal de árboles y la falta de acciones por parte del Estado para atender la problemática.

Enseguida, el jurista Ramiro Ávila, dijo que el territorio ancestral Waorani fue amplio, basto y no contactado hasta hace 40 años. Este territorio ha sido “sistemáticamente reducido por el Estado ecuatoriano”. En 1958, según Ávila, el Estado permitió el ingreso de grupos evangélicos, tras lo cual, el 80 % de la población waorani fue reducida al 5% del territorio. Por aquella “estrategia pudo entrar la petrolera Texaco y todas las demás”. 

Para 1979, nuevamente el territorio waorani se redujo a  la mitad y se declaró la existencia del Parque Nacional Yasuní; así los pueblos, perdieron el control del territorio. En 1990, se consagró un tercio del territorio ancestral para la nacionalidad waorani y en 2007, se reconoció la zona intangible que ocupan los pueblos en aislamiento voluntario. 

Ya recientemente, en la Consulta Popular de 2018 se aprobó la pregunta 2, respecto del aumento de 248 kilómetros para la zona intangible. Sin embargo, esto permitió la explotación petrolera en la zona denominada de amortiguamiento del Yasuní, vulnerando así todos los derechos del pueblo Waorani, recordó Ávila. El jurista solicitó que la sentencia de la Corte reconozca el territorio ancestral de los Waorani como una zona de paz y que se nombre una comisión de la verdad para investigar a funcionarios del Estado y a las  petroleras. Asimismo,  que el territorio sea entregado mediante un título de propiedad a los pueblos en aislamiento voluntario. 

Por su parte, Leónidas Iza, presidente de la Conaie, dijo “la actividad petrolera destruye la Amazonía, no debe estar sobre la vida de nuestros hermanos en aislamiento, ellos necesitan de su territorio de manera integral para que su cultura, espiritualidad sigan existiendo. Ellos son guardianes de los bosques, los cuidan y los protegen. Si ellos mueren o son obligados a salir por la fuerza de su selva, el equilibrio que sostiene la vida en el Yasuní se romperá y la humanidad perderá el lugar más biodiverso del mundo”. Iza pidió a la Corte dictar una sentencia en favor de los pueblos en aislamiento.

Para concluir la audiencia, el Subsecretario General Jurídico de la Presidencia, Marcos Miranda Burgos, mencionó que se habló de una “mala política pública de desarrollo”, pues la del actual gobierno “ha cambiado en beneficio del medio ambiente, declarando 10 nuevas áreas protegidas, dos ampliaciones, lo que incrementa a 35.66 % del territorio bajo conservación. Se han fortalecido los proyectos de conservación de los bosques, aumentando el 5.83 % del territorio continental”. Además de otras acciones y proyectos para la conservación. 

El Estado ecuatoriano reconoció su responsabilidad internacional por la violación a los derechos consagrados en los artículos 8.1 y  25.1 de la Convención Americana de DDHH, en relación con la obligación establecida en el atículo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de los pueblos Tagaeri y Taromenane.  

Tanto el Estado ecuatoriano como los representantes de los pueblos en aislamiento voluntario tienen hasta el 26 de septiembre, para presentar por escrito sus alegatos y observaciones finales. Con estos documentos, la Corte emitirá hasta fin de año una sentencia.